El Supremo y la Audiencia Nacional respaldan al ICAM en su reclamación por la falta de pago a los abogados de oficio en la defensa de personas jurídicas e instan a Justicia a solucionarlo

A petición del Colegio de la Abogacía de Madrid, el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional se han dirigido al Ministerio de Justicia para que encuentre una solución a la problemática relativa a la exclusión del pago de las actuaciones realizadas por los abogados de oficio designados para la defensa de personas jurídicas en procedimientos penales. Una situación enquistada desde 2019 que está provocando dilaciones e indefensión para las partes implicadas en los procesos judiciales, según ha alertado en diversas ocasiones el decano del ICAM, Eugenio Ribón.

“Como Decano he trasladado nuestra gratitud y satisfacción ante el respaldo recibido por parte del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional. La decisión de estos altos tribunales de instar al Ministerio de Justicia a solucionar este problema, que ha estado causando dilaciones e indefensión en los procesos judiciales desde 2019, representa un hito significativo en nuestra lucha constante por la justicia y el reconocimiento de la labor esencial que desempeñan los abogados de oficio”, afirma Ribón.

En sendos acuerdos adoptados por sus respectivas salas de gobierno, el Supremo y la Audiencia se hacen eco de la preocupación trasladada a sus presidentes por el decano madrileño. En una comunicación remitida el pasado mes de octubre, Ribón explicaba cómo, desde el año 2019, el Ministerio de Justicia viene excluyendo del pago las actuaciones llevadas a cabo por los profesionales designados de oficio para la defensa de personas jurídicas en los procesos penales donde es preceptiva su intervención y los nombramientos han sido realizados a requerimiento judicial. En este tiempo, la deuda acumulada por las actuaciones letradas en defensa de personas jurídicas asciende a 30.746,21€, que el Ministerio justifica alegando que estas actuaciones no están contempladas en Ley de Asistencia Jurídica Gratuita vigente desde 1996.

En vista de que la Audiencia Nacional es uno de los órganos judiciales más afectados por esta problemática, el decano del ICAM emplazaba a este órgano a dirigirse a las instancias competentes del Ministerio de Justicia para que encuentren una solución que permita resolver las demoras sufridas en los procedimientos judiciales y, especialmente, evitar la situación de indefensión en la que se encuentran las partes involucradas en estos procesos legales.

Tras tomar conocimiento de esta situación, la Sala de Gobierno de la AN ha resuelto trasladarla a la Subdirección General de Programación Económica del Servicio Público de Justicia, a fin de que efectúen las actuaciones que en derecho procedan al objeto de dar una pronta solución a la cuestión planteada.

Por su parte, la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, en un acuerdo fechado el 22 de noviembre asumía también las consideraciones trasladadas por el decano madrileño, emplazando al Ministerio de Justicia y al Consejo Estatal de Asistencia Jurídica Gratuita a emprender las medidas necesarias para solventar las disfunciones emanadas de la falta de acomodo de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita al sistema de responsabilidad penal de las personas jurídicas implantado en 2010.

“El reconocimiento de este problema por parte del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional subraya la importancia de adaptar la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita a los desafíos y cambios del panorama legal actual. Es esencial que la legislación refleje la realidad de nuestro sistema de responsabilidad penal y garantice una justa remuneración para aquellos profesionales del derecho que prestan un servicio indispensable para la sociedad”, reconoce Ribón, en relación a una medida que “no solo beneficiará a los profesionales del derecho, sino que también reforzará la integridad del sistema de justicia penal en España”. 


Información relacionada

Compartir en tus RRSS

Deja un comentario