El ICAM solicita una rectificación al Defensor del Pueblo que atribuye erróneamente a la abogacía las dilaciones judiciales

La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid lamenta las afirmaciones que el Defensor del Pueblo vierte en su último informe atribuyendo erróneamente a la abogacía de las dilaciones en los procedimientos judiciales.

Por este motivo, en el día de hoy el Decano Eugenio Ribón se ha dirigido al Defensor del Pueblo para aportarle la memoria anual de sus departamentos de Deontología y de Turno de Oficio que ponen de manifiesto la alta valoración de la ciudadanía sobre los servicios que prestan los profesionales, el escasísimo número de quejas que se reciben y la excepcionalidad de los casos de malas prácticas que suponen la apertura de expedientes deontológicos.

Así, tal y como se presenta en la Memoria de actividad del Turno de Oficio del ejercicio anterior, de las 155.802 designaciones de abogado del turno de Oficio que hubo en el año 2023, solo se recibieron 1.167 quejas por parte de la ciudadanía, lo que supone un 0.75% del total de designaciones.

Por lo que respecta a la actividad deontológica de esta Corporación, durante el año 2023 se han recibido, en términos coincidentes con años anteriores, 1.970 quejas y se han impuesto 494 sanciones a distintos colegiados y colegiadas. De dichas quejas, 1.406 provienen de clientes particulares y 304 de clientes con justicia gratuita. En un escenario de cientos de miles de asuntos que se tramitan anualmente en el ICAM, no cabe sino considerar que la ciudadanía tiene un alto grado de satisfacción con los servicios profesionales que prestan las abogadas y abogados de este Colegio.

“El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid tiene claramente presente que, en el ejercicio de sus funciones, debe velar por satisfacer el interés de los consumidores y usuarios en los términos previstos en la Ley de Colegios Profesionales y en el Estatuto General de la Abogacía Española. Por ello, su actuación se aleja de cualquier sospecha de corporativismo. Toda reclamación que se recibe es debidamente atendida y se dicta la resolución motivada que corresponda que, a su vez, es susceptible de recurso de alzada ante el Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid”, ha señalado Eugenio Ribón, Decano del ICAM.

Respecto a las dilaciones judiciales, Eugenio Ribón traslada a Gabilondo que efectivamente se trata de un problema gravísimo “que venimos sufriendo desde hace años tantos los profesionales de la abogacía y la procura como nuestros clientes, pero lejos de ser partícipes de tal situación somos sus víctimas”.

El Decano ha recordado que los plazos para los profesionales de la Abogacía son preclusivos y por lo tanto están sometidos a aquéllos, en tanto que las dilaciones se producen por razón de su incumplimiento en los propios órganos judiciales, sometidos a una carencia de medios y recursos que no les permite con demasiada frecuencia cumplir con las previsiones legales. Resulta ilustrativo el caso de los Juzgados de cláusulas abusivas en Madrid que acumulan miles de procedimientos pendientes de ciudadanos y que se demoran hasta cuatro años en la mera incoación del procedimiento. Así mismo, el Decano ha recordado como tanto con la COVID-19 como con las sucesivas huelgas de funcionarios y LAJs en la Administración de Justicia se han suspendido miles de procedimientos en tanto que los letrados permanecían trabajando y atendiendo cuantas notificaciones recibían.

Según el I Estudio sobre la situación de la Abogacía presentado por el ICAM en diciembre de 2023, las dilaciones por parte de los órganos judiciales son la primera vulneración del derecho de defensa que señalan los colegiados/as madrileños:

El decano del ICAM considera que esta interpretación errónea es producto de la falta de datos que maneja el Defensor del Pueblo, por lo que el escrito que hoy le ha remitido se pone a su disposición para aportarle cuanta información necesite para aclarar las valoraciones vertidas en su Informe.

Al mismo tiempo le agradece y le insta a actuar con firmeza respecto a las dilaciones de los procedimientos judiciales cuya situación es, efectivamente, insostenible.

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