El Colegio pone a disposición de los profesionales evacuados, confinados o afectados por la emergencia recursos para atender incidencias profesionales, facilitar espacios de trabajo, canalizar ayudas y prestar apoyo psicológico
Ante la extraordinaria gravedad de los incendios que afectan a numerosos municipios de la Comunidad de Madrid, el Colegio se pone a disposición de quienes hayan sido evacuados, se encuentren confinados, no puedan acceder a su domicilio o despacho, hayan sufrido daños o tengan dificultades para atender guardias, señalamientos, plazos o compromisos profesionales. Para ello, el ICAM ha activado su plan de emergencias que consta de las siguientes medidas.
Medidas de apoyo
Durante el tiempo que se prolongue la emergencia, el ICAM prestará atención prioritaria para:
- Activar las guardias y asistencias al detenido de forma preferentemente telefónica, salvo en casos extraordinarios.
- Gestionar incidencias relacionadas con plazos, vistas, comparecencias y guardias.
- Proporcionar espacios temporales de trabajo y medios materiales.
- Canalizar ayudas económicas y asistenciales urgentes.
- Prestar apoyo psicológico y acompañamiento emocional.
- Ofrecer orientación sobre daños, seguros, documentación y continuidad del despacho.
Canales de atención
Los profesionales afectados pueden comunicar su situación al Servicio de Atención al Colegiado a través de los teléfonos 914 369 900 y 917 889 380, o mediante el correo electrónico sac@icam.madrid.
Para cualquier incidencia profesional que no pueda esperar, está disponible el teléfono de guardia de Defensa de la Abogacía, 91 788 10 70, operativo las veinticuatro horas.
Quienes necesiten apoyo emocional inmediato pueden llamar al 91 171 93 29, disponible las veinticuatro horas, todos los días del año.
Asimismo, el servicio de atención psicológica gratuita y confidencial está disponible en el 900 90 34 36, de lunes a viernes no festivos, entre las 10:00 y las 20:00 horas.
Plazos y señalamientos
En caso de tener un plazo o señalamiento próximo, el ICAM recomienda comunicarlo inmediatamente tanto al órgano judicial como al Colegio. La existencia de la emergencia no implica que los plazos hayan quedado automáticamente suspendidos.
El Colegio pide también seguir exclusivamente las indicaciones del 112 y de las autoridades responsables de la emergencia. No debe regresarse a las zonas evacuadas ni tratar de recuperar documentación, equipos o efectos personales mientras no exista autorización y estén plenamente garantizadas las condiciones de seguridad.
El ICAM recuerda que la vida y la seguridad de los profesionales y de sus familias constituyen la prioridad absoluta. Ninguna actuación profesional, expediente o compromiso puede justificar que se desatienda una orden de evacuación, confinamiento o cualquier otra instrucción de los servicios de emergencia.