Análisis de la calificación del concurso en la presentación del nuevo libro de José Luis Díaz Echegaray

“Calificación del concurso. Doctrina y jurisprudencia”, es el título del nuevo libro de José Luis Díaz Echegaray, presentado ayer en el Colegio de la mano de Carmen Pérez Andújar, diputada y secretaria de la Junta de Gobierno; Alberto Bercovitz Rodríguez, catedrático de Derecho Mercantil; y Domingo Carbajo Vasco, inspector de Hacienda.

La diputada comenzó alabando la calidad del nuevo libro de la editorial Thomson Reuters, que calificó de “obra de referencia para los que nos dedicamos al ejercicio concursal”. Además, destacó que “en concursal, la tarea de calificar no es nada fácil y esta obra arroja mucha luz en esta difícil empresa”.

“Uniendo todos los libros de Díaz Echegaray, uno se encuentra con que ya hay una enciclopedia de Derecho Concursal”, dijo Bercovitz. Sin embargo, en su opinión “se va a producir una refundación de Concursal, porque se ha legislado mal y rápido, intentado inútilmente que las leyes, que están para ordenar la vida, solucionen los problemas económicos”.

Por su parte, Carbajo Vasco expresó su desacuerdo con que “la calificación siga estando presa de una concepción tradicional, cargada de estigma”. Así, “si un concurso está mal, y resulta fraudulento, el estigma prevalecerá y usted será considerado como fraudster de por vida”.

Para finalizar, el autor quiso remontarse a “la génesis y el motivo de este libro, allá por los años 60, cuando se produjo mi primer contacto con el Derecho Mercantil”. Desde que alguien le encargara su primer concurso de una empresa, que hoy persiste, “los concursos, suspensiones de pagos y quiebras han ocupado mi tiempo”.

Tras diez obras publicadas desde la Ley Concursal, ésta que vio la luz en 2006 “trata sobre la almendra del Derecho Concursal, la calificación de concursos”. Por ello, el autor ha querido “ayudar a todos los operadores que trabajan en esta área”.

Asimismo, ha ido “tratando en cada capítulo diferentes temas mediante el Derecho comparado, recogiendo antecedentes, jurisprudencia y doctrina aplicada”, para así explicar en profundidad lo que “determina quién es el culpable de que se haya producido el concurso, y si éste se debe a una actuación negligente”. 

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