Real Decreto-Ley 7/2026, 8 de abril, en materia de multirreincidencia, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por el Real Decreto de 14 de septiembre de 1882

Entrada en vigor

  • Al día siguiente de su publicación en el BOE, el 10-04-2026.

Novedades

  • Agravación específica en relación la sustracción de teléfonos móviles, así como dispositivos electrónicos, susceptibles de contener información personal, datos identificativos, registro de actividades y acceso a servicios bancarios o de comunicación.
  • Modificación del subtipo agravado de hurto en el ámbito de explotaciones agrícolas y ganaderas, siendo suficiente la acreditación de que el valor de lo sustraído supera los 400 €.
  • Agravación de la pena en aquellos supuestos en que la estafa no supere los 400 € pero concurra algunas de las circunstancias del artículo 250 del Código Penal (estafa agravada).
  • Agravación de las conductas de defraudación de fluido eléctrico y análogas cuando la finalidad sea la comisión de actos de cultivo, elaboración o tráfico que favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
  • Se refuerza el papel de las entidades locales en la respuesta institucional frente a los delitos de hurto.
  • Se introduce la posibilidad de adoptar medidas cautelares con el fin de evitar la reiteración de la conducta delictiva.
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