El Senado aprueba la pasarela al RETA para mutualistas y el texto vuelve al Congreso

El Pleno del Senado ha aprobado este jueves el dictamen de la Proposición de Ley de modificación de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas, incorporando enmiendas al texto y dando un nuevo paso en la tramitación de la denominada pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

La iniciativa, aprobada con la abstención del PSOE, regresa ahora al Congreso de los Diputados, que tendrá la última palabra sobre las modificaciones introducidas por la Cámara Alta.

El texto aprobado permite que los profesionales colegiados que estén o hayan estado incluidos en una o varias mutualidades alternativas puedan solicitar, de forma individual y voluntaria, la transferencia de sus derechos económicos acumulados a la Tesorería General de la Seguridad Social. Esa transferencia conllevará el encuadramiento obligatorio e irreversible en el RETA para la actividad profesional que la motivó y estará exenta de tributación por las operaciones económicas derivadas de la misma.

La proposición mantiene, sin embargo, una de las principales limitaciones denunciadas por los colectivos afectados: la exclusión de los pensionistas, salvo en los supuestos de pensión de viudedad. En concreto, el dictamen establece que, para solicitar la transferencia, el peticionario no podrá tener la condición de pensionista a cargo de ningún régimen público ni de la respectiva mutualidad alternativa, excepto si se trata de una pensión de viudedad.

Desde el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid se valora que la tramitación parlamentaria siga avanzando y que continúe abierta una vía legal para atender una reivindicación histórica de miles de mutualistas. No obstante, el Colegio advierte, recogiendo las reclamaciones de los profesionales afectados, de que el texto sigue sin ofrecer una respuesta completa mientras mantenga fuera de la pasarela a los denominados pasivos.

Para el ICAM, “La exclusión de los pensionistas supone una limitación relevante de la pasarela, al dejar fuera a profesionales que ya están sufriendo las consecuencias de prestaciones insuficientes tras años de ejercicio y aportaciones. La solución legislativa debe atender también a quienes ya han causado prestación y se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad”.

“Que la pasarela avance es una noticia importante, pero no puede considerarse plenamente satisfactoria una solución que deja fuera a quienes más urgentemente la necesitan. El objetivo debe seguir siendo una pasarela real, viable y sin exclusiones injustificadas”, señala el ICAM.

El dictamen aprobado incorpora también una previsión específica para los mutualistas que hayan cumplido 52 años o más a 31 de diciembre de 2026. Para ellos, cada mes completo de alta y cotizado en la mutualidad alternativa computará como un mes completo de alta en el RETA, aunque únicamente a efectos del porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de jubilación ordinaria.

El Colegio considera que esta medida mejora el texto original, si bien recuerda que su alcance es limitado y no equivale a una equiparación plena de derechos.

Otra de las novedades relevantes incorporadas por el Senado es la fijación de un plazo máximo de tres meses, desde la aprobación de la ley, para aprobar el reglamento de desarrollo. Una vez entre en vigor ese reglamento, los mutualistas dispondrán de un año para solicitar la transferencia voluntaria de sus derechos económicos al RETA.

El ICAM subraya además la importancia de mantener y reforzar las garantías de transparencia, supervisión y control sobre las mutualidades alternativas, especialmente para quienes permanezcan en el sistema de alternatividad. En este sentido, insiste en que la respuesta normativa debe ser técnicamente solvente, proporcional y construida desde la escucha a los profesionales afectados.

Próximos pasos

Tras la aprobación en el Senado, el texto vuelve al Congreso de los Diputados. La Cámara Baja deberá decidir ahora si acepta o rechaza las enmiendas incorporadas por el Senado.

Si el Congreso aprueba definitivamente la proposición, la ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. A partir de ahí, el Gobierno deberá aprobar el reglamento de desarrollo en el plazo máximo de tres meses y, una vez vigente, se abrirá el plazo de un año para que los mutualistas que cumplan los requisitos puedan solicitar la pasarela.

Para el ICAM, esta fase final será decisiva para determinar si la norma se convierte en una verdadera solución para el conjunto de mutualistas afectados o si mantiene exclusiones que limitan su finalidad social.

El papel del ICAM

El ICAM, primer Colegio de la Abogacía de España en apoyar públicamente las reivindicaciones de los mutualistas alternativos, ha venido reclamando durante estos años que se escuche directamente a los afectados. Su papel ha sido el de estar al servicio de sus reclamaciones, canalizar sus preocupaciones y actuar como altavoz institucional de sus demandas ante los poderes públicos.

Esa labor se ha concretado, entre otras iniciativas, en la campaña “De Colegiado a Diputado”, con la que el Colegio reunió cientos de testimonios y más de mil cartas firmadas por mutualistas, que fueron entregadas en el Congreso de los Diputados para trasladar a los grupos parlamentarios la dimensión humana y profesional del problema.

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