El ICAM seguirá expidiendo a sus colegiados ejercientes certificaciones para facilitar su movilidad profesional

  • Estas certificaciones se expedirán como consecuencia de las nuevas restricciones y limitaciones acordadas en el ámbito de la Comunidad de Madrid para la contención del COVID-19

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del día 2 de octubre de 2020 aparecen publicadas la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la Comunidad de Madrid en ejecución de la Orden del Ministro de Sanidad de 30 de septiembre de 2020, por la que se aprueban actuaciones coordinadas en salud pública, y la Orden de la misma Consejería 1274/2020, de 1 de octubre, por la que se prorroga y modifica la Orden 1178/2020, de 18 de septiembre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población en ejecución de actuaciones coordinadas en salud pública frente al COVID-19, como consecuencia de la evolución epidemiológica. 

Entre las medidas que se acuerdan en las citadas Órdenes se encuentra la restricción de entrada y salida de personas en los ámbitos territoriales que relacionan. No obstante, excepcionan aquellos desplazamientos justificados para el cumplimiento de obligaciones profesionales.

A los efectos de que sirva de justificación los colegiados ejercientes podrán solicitar al ICAM, en el correo electrónico sac@icam.es, la expedición de certificación comprensiva del lugar donde se encuentran sus despachos profesionales, a fin de facilitar su movilidad.

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