El Congreso da luz verde a la ley de reforma del Código Penal

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado con fecha 26 de marzo la reforma de la Ley Orgánica del Código Penal que revisa el régimen de penas y su aplicación e introduce nuevas figuras delictivas. 

Con esta misma fecha, el Congreso también aprobó la Ley de protección de la seguridad ciudadana.

El nuevo Código Penal introduce la prisión permanente revisable para aquellos delitos de extrema gravedad como asesinatos especialmente graves, homicidio del Jefe del Estado o de su heredero, de Jefes de Estado extranjeros y en los supuestos más graves de genocidio o de crímenes de lesa humanidad.

En este sentido, se revisan los delitos de homicidio, asesinato y detención ilegal o secuestro con desaparición, y se amplían los marcos penales en los que los tribunales podrán fijar la pena de manera más ajustada a las circunstancias del caso concreto; y se modifica la regulación de la suspensión y de la sustitución de las penas privativas de libertad.

Esta Ley orgánica modificará, además los artículos del Capítulo VII del vigente Código Penal sobre delitos terroristas e introducirá otros nuevos con el ánimo de adaptar la ley al terrorismo yihadista, comenzando por establecer una nueva definición sobre lo que es ser terrorista para lo que ya no será necesaria una integración en grupo armado.

Se tipifican nuevos delitos de matrimonio forzado, hostigamiento o acecho, divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas obtenidas con la anuencia de la persona afectada, y manipulación del funcionamiento de los dispositivos de control utilizados para vigilar el cumplimiento de penas y medidas cautelares o de seguridad.

El Código Penal dificulta, además, el acceso a la libertad condicional a los corruptos que no hayan reparado el daño causado, fija en 500.000 euros la cuantía para imponer cárcel por financiación ilegal y mantiene el límite de 120.000 euros para hablar de fraude fiscal.

La norma modifica también la Ley del Indulto para que un alto cargo del Ministerio de Justicia comparezca sobre estos expedientes cada seis meses. Asimismo, suprime el Libro III relativo a las faltas, para convertirlas en delitos leves o sanciones administrativas.

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