El Ayuntamiento de Alcorcón convoca un proceso de contratación para el Servicio de Defensa Jurídica

El Servicio de Contratación y Patrimonio del Ayuntamiento de Alcorcón ha abierto un proceso público de contratación de abogados para el servicio de defensa jurídica del Ayuntamiento, que atienda los procedimientos que puedan interponerse ante las diferentes jurisdicciones.

Los letrados interesados en la convocatoria, podrán formalizar su petición hasta el próximo lunes 5 de octubre, en horario de 8:30 a 14:00 horas, de forma presencial en el Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Alcorcón, o a través de correo electrónico: contratacion.apalacios@ayto-alcorcon.es o mcgrillo@ayto-alcorcon.es

Para consultar las bases, pinchar aquí

Respuestas a cuestiones planteadas en relación a la petición de ofertas para la prestación del SERVICIO DE DEFENSA JURÍDICA PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

  • ¿El despacho de abogados al que contraten debe buscar Procurador y los derechos de éste están también incluidos en los 18.000 euros que el Ayuntamiento paga al despacho?

Como se indica en la solicitud de ofertas, este Ayuntamiento tiene contratado el servicio de procurador hasta el 31 de diciembre de 2015; por tanto todos los procedimientos nuevos que pudieran iniciarse encomendándose la defensa jurídica al Despacho seleccionado, serán trasladados a nuestro procurador. Una vez finalice su contrato, este servicio deberá ser prestado por el Despacho, cargando sus honorarios a los propios del Despacho. A partir del 1 de enero el procurador será el del Despacho contratado.

  • ¿Se exige la asistencia o presencia del Letrado del despacho en las dependencias del Ayuntamiento durante un determinado número de horas al día o,  al ser un despacho externo, no es necesario?

El presupuesto es máximo disponible. Por tanto una vez seleccionado el Despacho a la vista de la oferta que hayan ofrecido sobre porcentaje de reducción de honorarios establecidos en los criterios del ICAM, se aprobará el presupuesto de cada procedimiento, comprendiendo los servicios de procurador que se precisen atendiendo a lo indicado en el apartado anterior. En la actualidad, se está preparando un procedimiento abierto de contratación para disponer de un contrato marco que permita al Ayuntamiento disponer de, al menos, tres despachos, a los que encomendarles los procedimientos que se planteen.

  • ¿La contratación del citado despacho es sólo para ocuparse de los procesos judiciales ya iniciados, o que pudieran surgir, que se insten sólo contra el Ayuntamiento, es decir, aquellos en los que el Consistorio fuera demandado? En consecuencia, ¿no existe obligación de dicho despacho de asumir por esos honorarios los procesos que el Ayuntamiento inicie contra otras personas físicas o jurídicas o entidades?

Sólo los nuevos procesos que se planteen, tanto en los que el Ayuntamiento sea demandado como los que estime iniciar.

  • ¿Cuál sería el volumen de asuntos que habría que atender? ¿Existen muchos procesos abiertos actualmente? ¿la mayoría son de la jurisdicción contencioso-administrativa?

No es posible conocerlo.  En su gran mayoría será jurisdicción contenciosa, pero también laboral (pues el Ayuntamiento dispone de una amplia plantilla de personal laboral) y esporádicamente penal y/mercantil

En caso de que en el proceso judicial haya condena en costas a favor del Ayuntamiento, la minuta del letrado incluida en la misma ¿la cobraría el Ayuntamiento o su importe es para el Letrado, además de esa retribución global de 18.000 euros?

Las percibiría el Ayuntamiento. En el procedimiento abierto actualmente en trámite, se contemplará la liquidación de las costas anualmente.

No se pretende contratar al despacho que resulte seleccionado por un precio de 18.000,00 y un plazo de 1 año. El interés municipal es con cargo al presupuesto máximo de 18.000,00 ir aprobando los diferentes presupuestos por cada uno de los procesos que se inicien.   En el presupuesto se desglosará la forma de pago y plazos, junto con los servicios de procurador a partir del 1 de enero.  Una vez se haya celebrado el procedimiento abierto (acuerdo marco) el abogado deberá de otorgar el placet al nuevo despacho contratado, de no haber finalizado el mismo.

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