Comunicado conjunto ICAM e ICPM sobre levantamiento suspensión plazos procesales

Los Colegios de Abogados y de Procuradores de Madrid tienen un firme compromiso con la sociedad a la que sirven y representan a profesionales cuya actividad es fundamental para el correcto funcionamiento del servicio público de la Administración de Justicia. Desde esta perspectiva estas Corporaciones entienden que las propuestas realizadas y decisiones adoptadas hasta la fecha para restablecer la actividad judicial, que se ha visto paralizada con motivo de las medidas adoptadas para frenar la pandemia consecuencia del Covid 19, resultan insuficientes para satisfacer las acuciantes necesidades sociales y económicas de los ciudadanos y profesionales.

La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, en sesión celebrada el 4 de mayo se pronunció sobre la previsión del Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril (BOE de 29 de abril), de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, relativa a la declaración de habilidad para las actuaciones judiciales los días 11 a 31 del mes de agosto del presente año. Una vez conocidas las diferentes medidas para la “desescalada judicial”,  tales como la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19, en el ámbito nacional, o el Plan de reactivación de la actividad judicial en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid con motivo del Covid-19 aprobado por acuerdo de su la Sala de Gobierno de 18 de Mayo de 2020, los Colegios de Abogados y Procuradores de Madrid han acordado lo siguiente:

1ª) Reiterar su firme compromiso con la sociedad a la que sirven  y con todos sus colegiados y colegiadas que han demostrado, una vez más, que son un pilar esencial para el correcto funcionamiento de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.

2º) Solicitar que se adapte la normativa para alzar la suspensión de los plazos procesales con la flexibilidad y garantías necesarias para hacer posible la  urgente reactivación de la actividad judicial en unos plazos inferiores a los que se encuentran previstos en el citado Real Decreto-Ley 16/2020. Y ello porque, además, la satisfactoria evolución de la pandemia e implementación de las medidas sanitarias de protección colectiva e individual  posibilitan la inmediata reanudación de la actividad judicial con el objeto de dar cumplimiento al mandato constitucional de la tutela judicial efectiva.

3º) Reiterar la necesidad de incorporar las aportaciones y el consenso de la Abogacía y la Procura en todas las decisiones relativas a la puesta en funcionamiento de la Administración de Justicia, evitando así la toma de decisiones que puedan resultar ineficaces o perjudiciales para ciudadanos y profesionales quienes demandan el urgente restablecimiento de la actividad de los juzgados y tribunales como efectiva medida de choque frente a las consecuencias sociales y económicas de la pandemia provocada por el Covid-19 y que determinó hace ya más de dos meses la declaración del estado de alarma, sucesivamente prorrogada.

Desde la máxima lealtad institucional Colegios de Abogados y Procuradores de Madrid seguirán contribuyendo y colaborando para alcanzar la Administración de Justicia que los ciudadanos y profesionales demandan.

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