Área de Extranjería

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid integra diferentes áreas de trabajo desde las cuales se aborda la extranjería en varios niveles, ofreciendo una compilación de servicios.

Como colegiado/a, podrás acceder a las diferentes áreas que lo componen, como Servicios de Extranjería, Consultas Jurídicas, Relaciones Internacionales, Sección de Extranjería. Además, la ciudadanía tiene disponible el Servicio de Orientación Jurídica de Extranjería.

SERVICIOS DE EXTRANJERÍA

Adhesión al convenio MERCURIO

Acceso abogacía

Cotejo y presentación de solicitudes en MERCURIO a través de ICAM

Registro Civil Central

Petición por razón de urgencia de certificaciones realizadas ante el RCC

Expediente de nacionalidad por residencia

Cotejo y presentación de solicitudes

Haz tu consulta

Buzón de consultas a través del Área Reservada ICAM

Información de interés

Avisos y notificaciones de Extranjería

Protección internacional

Adhesión al convenio MERCURIO - Convenio de extranjería para trámites telemáticos

Este convenio firmado entre la Abogacía y  el Ministerio de Política Territorial y Función Pública posibilita a los/as abogados/as la realización de trámites administrativos y gestión documental por vía electrónica en materia de extranjería. El Colegio de la Abogacía de Madrid y, en particular, el Área de Extranjería, ha promovido desde su inicio la firma de dicho convenio, acordando esta Junta de Gobierno la adhesión al mismo. Una vez adherido, el sistema estará operativo accediendo a la plataforma dispuesta por la Administración para trámites en materia de extranjería, MERCURIO (Acceso abogacía).

Adhesión al Convenio

Descarga el ANEXO II, fírmalo electrónicamente y súbelo de nuevo

Cotejo y presentación de solicitudes en MERCURIO a través de ICAM

El ICAM pone a disposición de sus colegiados el Servicio de cotejo de autorizaciones administrativas de extranjería, a través de MERCURIO, para su presentación en la Oficina de Extranjería de Madrid conforme al acuerdo firmado con Delegación de Gobierno.  

1 – Solicitud de cita en ICAM: para pedir la cita debe acceder a su Área Reservada, en el apartado Servicios Colegiales/Trámites y Secretaría/Gestión de Citas/ Autorizaciones Administrativas de Extranjería

Cada una de las citas será para el cotejo de un solo expediente. Por tanto, se deberá solicitar tantas citas como expedientes a cotejar se necesiten. No cabe delegación alguna para ese trámite, luego siempre habrá de ser personal. Cuando pida la cita recibirá un correo con instrucciones relativa a la presentación del expediente. 

2 – Cotejo y presentación de solicitud ante la Oficina de Extranjería: debe acudir con toda la documentación original junto con un USB con toda la documentación a presentar. Toda la documentación debe estar en vigor en el momento de la cita. 

El Colegio actúa como mero intermediario frente a la oficina de extranjería de la Delegación de Gobierno en Madrid, sin hacer un control de legalidad intrínseco, de ahí que deban enviarse los expedientes completos y verificados. En ningún caso la Corporación colegial custodiará documentación alguna relativa a los mismos ni se hará responsable de eventuales defectos, insuficiencias, omisiones o falsedades. 

Registro Civil Central - Peticiones por razón de urgencia de certificaciones realizadas ante el RCC

Servicio ofrecido a las colegiadas y colegiados para reclamar al Registro Civil Central, por razón de urgencia, los certificados registrados previamente por los profesionales a través del servicio web de certificados disponible en la web del Ministerio.  

Este servicio tiene como objetivo agilizar los trámites diarios que los colegiados/as deben realizar ante el Registro en situaciones urgentes, como en casos de divorcio que requieren certificados para la rápida presentación de la demanda, solicitudes administrativas de residencia o situaciones de violencia de género en las que una de las partes involucradas es extranjera. 

Accede al servicio a través del Área Reservada, en el apartado Servicios Colegiales/Trámites y Secretaría/Peticiones Urgentes ante Registro Civil Central

Documentación asociada

Expediente de nacionalidad por residencia

Cotejo y presentación de solicitudes

El servicio ofrecido a los colegiados, en desarrollo del apartado quinto del Convenio firmado por el Ministerio de Justicia y el CGAE, consiste en el cotejo y revisión de documentación en la presentación electrónica de solicitudes de Nacionalidad por residencia. El servicio que presta el ICAM se realiza a través de la plataforma creada por el CGAE.

Para comenzar a utilizar el servicio, es necesario estar adherido al Convenio. 

 

Una vez realizado el trámite, desde el ICAM se validará su adhesión y se le remitirá un correo informativo acerca del servicio.  Desde este momento, podrá confeccionar sus expedientes.

Para facilitar su adhesión al convenio puede acceder al manual de uso pinchando aquí.

¿Cómo gestionar tus solicitudes?

1 – Crear un borrador de solicitud: puede crear los expedientes para su presentación a través de este servicio, para ello debe pulsar en el botón Nueva Solicitud. 

2 – Envío de la solicitud a ICAM (previo cotejo por el ICAM): Su solicitud será enviada al ICAM para que acuda, previa cita, a realizar el cotejo y revisión de la documentación. Debe acudir a su cita con todos los documentos originales y en vigor para ser cotejados. 

3 – Solicitud de cita en ICAM para el cotejo de documentación: para pedir la cita debe acceder a su Área Reservada, en el apartado Servicios Colegiales/Trámites y Secretaría/Gestión de Citas/ Servicio Expediente de Nacionalidad

Cada una de las citas será para el cotejo de un solo expediente. Por tanto, se deberán solicitar tantas citas como expedientes a cotejar se necesiten, con el límite de 4 citas futuras. No cabe delegación alguna para este trámite, luego siempre habrá de ser personal. 

4 – Cotejo y presentación de solicitud ante el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes: debe acudir con toda la documentación original que subió a la plataforma. Toda la documentación debe estar en vigor en el momento de envío al Ministerio. 

El Colegio actúa como mero intermediario frente al Ministerio de Justicia, sin hacer un control de legalidad intrínseco, de ahí que deban enviarse los expedientes completos y verificados. En ningún caso la Corporación colegial custodiará documentación alguna relativa a los mismos ni se hará responsable de eventuales defectos, insuficiencias, omisiones o falsedades. 

Contacta:

Para consultas adicionales sobre el servicio de cotejo de documentación: 

Haz tu consulta

Resuelve tus consultas sobre los trámites y servicios de Extranjería planteándolas a través del Área Reservada, en el apartado Servicios Colegiales/Trámites y Secretaría/Haz tu consulta

Pincha en el botón «Solicitar nueva comunicación» y selecciona el buzón de consulta al que te quieres dirigir:

  • Autorizaciones Administrativas de Extranjería
  • Expediente de Nacionalidad (cotejo de documentación)
  • Servicio Registro Civil Central

Avisos y notificaciones

Información de interés en materia de Extranjería: Búsqueda de resoluciones de Protección Internacional a través del TEU (Tablón Edictal Único)

El Área de Extranjería del ICAM recuerda a los colegiados/as la importancia del sistema de notificaciones a través del Tablón Edictal Único (TEU), ubicado en el BOE. Se trata de una cuestión de máxima importancia a los efectos de las resoluciones en materia de Protección Internacional, en relación con la entrada en vigor del Reglamento de Extranjería el próximo 20 de mayo. En este tablón se pueden encontrar las notificaciones de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, Subdirección General de Emigración, de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, Delegaciones, las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno como de las Oficinas de Extranjería, entre otras. Esto significa que las resoluciones de Protección Internacional pueden haber sido publicadas en este tablón. Para

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El ICAM reúne a cuatro jefes de las Oficinas de Extranjería y distintos expertos en la materia para abordar los cambios clave del nuevo Reglamento de Extranjería

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid celebró el pasado miércoles 5 de marzo un encuentro formativo centrado en las aplicaciones prácticas de la reciente Reforma del Reglamento de Extranjería. Con la entrada en vigor de la nueva normativa el próximo 20 de mayo de 2025, este evento permitió a los asistentes conocer de primera mano los cambios significativos en aspectos clave como la residencia, la estancia, la contratación de trabajadores extranjeros y la protección internacional. Para abordar en profundidad estas modificaciones y su impacto en la práctica profesional, el ICAM reunió a un panel de expertos conformado por jefes de oficinas de extranjería de diversas provincias y profesionales especializados en la materia. El evento contó con la moderación

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El Ministerio del Interior publica el documento “Asilo en cifras” correspondiente al año 2023

MINISTERIO DEL INTERIOR El Ministerio del Interior ha publicado su documento anual “Asilo en cifras” correspondiente al año 2023. Esta publicación anual tiene como finalidad servir de instrumento de transmisión, consulta y análisis de la información sobre la protección internacional, protección temporal y el reconocimiento del estatuto de apátrida en España. El objetivo de este estudio estadístico es mantener y difundir la serie y evolución de los datos más relevantes relativos a ambos procedimientos administrativos en España.

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Protección internacional

Una parte de la migración se produce por personas que han tenido que huir de sus países como consecuencia de la violencia, la persecución, guerras, conflictos o violaciones de derechos humanos, por razón de ideología o sexo. Situaciones que desencadenadas un desplazamiento forzado. Personas con necesidad de protección expuestas a violencia, abusos, explotación. El derecho de asilo es una forma de Protección Internacional que un Estado concede a personas extranjeras que, debido a una amenaza contra su vida o integridad en sus países de origen, se ven forzadas a huir y no pueden regresar.

 En España, el asilo se concede a quienes pueden probar que han sufrido persecución o tienen un temor fundado de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un grupo social, o situación de género. La diferencia entre Asilo y Protección Subsidiaria es que el Asilo es el derecho a la protección internacional que se concede a las personas perseguidas. Una vez concedido el asilo, la persona recibe la condición de refugiado. La Protección Subsidiaria se otorga a personas que no cumplen todos los requisitos para ser consideradas refugiadas, pero que, de regresar a su país de origen, enfrentan riesgos graves.

Marco jurídico de la Protección Internacional:

Otra documentación de interés:

Enlaces de interés:

1 – Ministerio del Interior

2- Portal de Protección Internacional. Dedicado a la protección internacional, incluyendo normativa y procedimientos.

3- Comisión Española de Ayuda al Refugiado CEAR – Proceso de Asilo. Organización que ofrece información y asistencia a solicitantes de asilo y refugiados.

4 – ACNUR EspañaInformación y recursos para refugiados y solicitantes de asilo en España.


5. Policía Nacional – Asilo y Refugio.
 Información sobre procedimientos de asilo y refugio proporcionada por la Policía Nacional.

6 – Asilo en Cifras – Ministerio del Interior. Publicaciones oficiales con estadísticas y datos sobre asilo en España:

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