Admitida a trámite la querella por revelación de secretos contra la Fiscalía de Madrid

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado, tras aceptar a trámite la querella por la publicación por parte de la Fiscalía de Madrid, a través de una nota de prensa oficial, de conversaciones confidenciales entre letrado y fiscalía en el marco de un proceso de conformidad: “tener por parte en calidad de acusación popular al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid” tras asumir íntegramente “la exposición razonada elevada por el Titular del Juzgado de Instrucción nº 18 de Madrid sobre los mismos hechos” a raíz de la querella presentada por el ICAM el pasado mes de marzo.

El ICAM sostiene que la publicación de esas conversaciones “ofrecen indiciariamente caracteres constitutivos de un delito de revelación de secretos previsto en el artículo 417.2 CP, que sanciona el quebrantamiento por parte de una autoridad o funcionario público -en el caso que nos ocupa, del representante del Ministerio Fiscal-, del deber de sigilo y discreción que impone el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal”.

El ICAM recordaba en su denuncia y posterior querella que este tipo penal protege el “servicio que los poderes públicos han de prestar a la comunidad en relación con el deber de guardar sigilo riguroso respecto de los asuntos que conozcan por razón de su cargo”.

El Colegio de la Abogacía de Madrid entiende, así, que la publicación de la nota informativa de 14 de marzo de 2024 “desbordan el deber de información” que “queda acotado con otra obligación superior, que es la preservación de la reserva y sigilo y es evidente que la misma se proyecta cuando se está en un proceso de negociación para llegar a una conformidad en el ámbito penal”.

El ICAM recuerda una vez más que el secreto profesional es inherente al derecho de defensa y su conculcación ataca a un pilar básico del Estado de Derecho.

“El derecho de defensa, al que nos debemos los abogados, es sagrado e inviolable: es una garantía para la sociedad, pieza básica del Estado de Derecho y un principio fundamental sobre el que se asienta nuestro sistema de justicia. El ICAM llegará hasta donde tenga que llegar para su defensa a ultranza”, ha enfantizado el Decano de la corporación, Eugenio Ribón.

Información relacionada

Compartir en tus RRSS

¡Gracias por tu participación!

Hemos recibido tu solicitud y agradecemos tu interés en formar parte de la nueva etapa del Boletín del ICAM. Pronto recibirás más información sobre los próximos pasos y la evaluación de tu propuesta.
¡Gracias por contribuir al futuro del Boletín del ICAM!

Información sobre protección de datos personales

Identidad del responsable del tratamiento Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid
Finalidad del tratamiento Selección de profesores
Legitimación Art 6.1.b) RGPD El tratamiento es necesario para la aplicación a petición del interesado de medidas precontractuales
Posibles comunicaciones Centro Universitario ICAM S.L. y Universidad Complutense de Madrid
Ejercicio de derechos Se puede acceder, rectificar y suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste, ejerciendo los derechos mediante correo electrónico dirigido a: derechosdatos@icam.madrid
Más información https://web.icam.es/bucket/RGPD/centrodeestudios-ponentes.pdf

Información sobre posible comunicación de datos
De acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), le informamos expresamente que de acuerdo con la finalidad para la que se recaban los datos y al amparo del artículo 6.1.b) RGPD, sus datos podrán ser comunicados al Centro Universitario ICAM, SL (UNICAM), y/o a la Universidad Complutense de Madrid, exclusivamente para la validación, coordinación y gestión del proceso de selección.