El ICAM recuerda a sus colegiados la obligatoriedad de mantener, siempre y en todo caso, la confidencialidad en las comunicaciones entre abogados

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid ha reafirmado hoy la importancia de mantener la confidencialidad en las comunicaciones entre profesionales de la abogacía, disipando dudas surgidas respecto a este tema crucial para el ejercicio de la profesión, a raíz de la admisión a trámite en algunos procedimientos judiciales de correos electrónicos entre letrados.

Lo ha hecho a través de un nuevo ‘Boletín informativo de Deontología Profesionalque ha remitido a todos sus colegiados.

En el mismo, el ICAM recuerda que el artículo 23 del Estatuto General de la Abogacía y el artículo 5.3 del Código Deontológico subrayan que las comunicaciones entre abogados están protegidas por el secreto profesional, y no pueden ser divulgadas sin consentimiento explícito. Esta normativa se aplica independientemente de la modalidad de ejercicio de la abogacía, ya sea de forma autónoma o por cuenta ajena.

Este marco legal subraya el valor de la confidencialidad en el ejercicio de la abogacía, no solo como garantía del secreto profesional sino como pilar de la confianza entre colegas. La jurisprudencia y la legislación proyectada reflejan un equilibrio entre el derecho a la defensa y la necesidad de proteger la intimidad y la integridad de las comunicaciones entre profesionales del derecho.

Respecto a la jurisprudencia existente, incluyendo decisiones previas de diferentes Audiencias Provinciales, confirma que la infracción de estas normas deontológicas puede llevar a sanciones disciplinarias, aunque no invalida el uso procesal de las comunicaciones en tanto no violen derechos fundamentales. Esta posición se ve respaldada por una serie de sentencias que establecen que la infracción de tales deberes tiene consecuencias dentro del ámbito disciplinario del Colegio de Abogados, sin afectar la admisibilidad de dichas pruebas en procesos judiciales.

Este panorama legal, afortunadamente, puede cambiar definitivamente cuando se apruebe el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa, ahora en tramitación parlamentaria. Tal como ha solicitado el ICAM, este proyecto contempla que todas las comunicaciones entre abogado y cliente, así como entre defensores de las partes, sean confidenciales y no puedan utilizarse en juicio sin autorización específica, estableciendo sanciones para los documentos que contravengan esta prohibición.

Boletines informativos de Deontología Profesional

El nuevo Boletín informativo de Deontología Profesional del ICAM, enviado hoy a todos los colegiados/as, se remitirá a los profesionales de forma periódica para aclarar las cuestiones deontológicas que más preocupan a la abogacía.

Además del boletín sobre confidencialidad de las comunicaciones entre abogados, el ICAM también ha trasladado hoy a los colegiados un boletín deontológico sobre las hojas de encargo profesional que puede descargarse en este enlace.

Estos boletines digitales se enviarán periódicamente vía email a los colegiados que estén suscritos al mismo a través del Área Reservada de la web colegial.

Además, los Boletines informativos de Deontología Profesional permanecerán disponibles en la página de Deontología de la web del ICAM para su consulta posterior.

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