Real Decreto 316/2025, de 15 de abril, sobre limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de clases pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2025

Entrada en vigor

  • El 17 de abril de 2025, con efectos económicos desde el día 1 de enero de 2025.

Novedades

  • Desarrollo reglamentario de las previsiones establecidas en el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, sobre la limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas, así como de la revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el año 2025.
  • Se establecen unas normas comunes relativas a:
    • Concepto de concurrencia de pensiones.
    • Limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas.
      • No podrá superar la cuantía íntegra mensual de 3.267,60 euros mensuales o 45.746,40 euros anuales, incluidas las pagas extraordinarias que pudieran corresponder a su titular.
    • Límite de la cuantía inicial de las pensiones reconocidas en virtud de una norma internacional, nos remitimos al apartado anterior.
  • Revalorización de pensiones del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva y del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
  • Revalorización de pensiones no concurrentes.
    • Pensiones del Sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.
    • Complementos por mínimos
    • Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
    • Complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género
  • Revaloración de las pensiones concurrentes:
    • Pensiones del Sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.
    • Complementos por mínimos
    • Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
  • Revalorización de las pensiones reconocidas al amparo de los reglamentos de la Unión Europea sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social o de otras normas internacionales.
  • Revalorización de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
  • Revalorización de otras prestaciones y ayudas públicas:
    • Prestaciones de orfandad causadas por violencia contra la mujer.
    • Prestaciones de gran invalidez del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
    • Prestaciones familiares de la Seguridad Social.
    • Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
    • Ayudas sociales a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH).
  • Se fijan las pensiones no revalorizables.
  • Revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Aplicación de los complementos por mínimos en las pensiones de la Seguridad Social en supuestos especiales.
  • Complementos por mínimos y revalorización de otras pensiones de Clases Pasivas del Estado.
  • Revalorización de:
    • Importes de determinadas pensiones de Clases Pasivas del Estado.
    • Revalorización de las pensiones extraordinarias derivadas de actos de terrorismo.
  • Adaptación de oficio de los complementos por mínimos de las pensiones de Clases Pasivas del Estado.
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