El Ministerio de Economía y Empresa, en calidad de organismo supervisor, ha enviado al Consejo General de la Abogacía una nota informativa en relación a la utilización de certificados electrónicos por personas diferentes del titular de los mismos.
El organismo regulador insta a recordar a los letrados que el uso de los certificados electrónicos es de uso personal e intransferible y que la posibilidad de que el titular/firmante de un certificado electrónico expedido a su nombre transfiera su posesión y revele sus claves de acceso a un tercero, no es conforme con la legislación vigente en materia de servicios electrónicos de confianza.
La nota completa puede consultarse a través de este enlace.