Los límites del secreto profesional en la defensa y en el asesoramiento abren los X Encuentros en Madrid

Esta tarde, en la sede del Colegio, con una numerosa representación de la Junta de Gobierno, el diputado Manuel Martín ha sido el encargado de abrir la primera mesa redonda de esta décima edición de los Encuentros en Madrid en la que participa más de un centenar de abogados internacionales.

La mesa ha contado con la presencia de Sara Chandler, presidenta de la Federación de los Colegios de Europa; Joaquín García-Romanillos, ex socio de Gómez-Acebo y Pombo y secretario General del Consejo General de la Abogacía Española; Francesco Portolano, socio director de Portolano Cavallo Studio Legale; y Christoff Swaak, socio de Stibbe N.V.

Una cita ineludible de espacio de encuentro y cooperación entre la abogacía mundial, en el que se debaten distintas cuestiones jurídicas que suponen retos para toda la profesión letrada y que, según ha señalado el diputado, cuenta con los “ponentes más expertos”.

Tras presentar a los miembros que han conformado la mesa sobre la protección del secreto profesional y su especial incidencia respecto de los abogados de empresa, Martín se ha referido a este extremo como “un pilar en la garantía del derecho de defensa” y si bien “es una obligación, también es un derecho”, ha añadido.

En el caso de España, el diputado ha afirmado que “solemos confundir secreto profesional con confidencialidad de las comunicaciones entre abogado y cliente. Y, como dice la doctrina, aunque son dos caras de la misma moneda, no es lo mismo”.

En su opinión, el debate lo marca que “en Europa se regule de manera diferente lo que entendemos como secreto profesional” y ha puesto el acento en que, concretamente, los abogados de empresa no están sujetos al secreto profesional para la UE. “Esta falta de armonización es un problema”. 

Francesco Portolano ha apuntado que, si bien en Italia no se permite la colegiación de los abogados de empresa y la traba principal es la falta de cultura de legal privilege, confía en que “por influencia de la UE, cada país irá encaminado a fortalecer la figura del secreto profesional en sus respectivas normas internas”.

Como ejemplo opuesto, en Holanda, la protección del secreto profesional está bastante consagrada, tal y como ha reflejado el testimonio de Christoff Swaak, abogado del caso AKZO, aunque la piedra angular de dicha protección reside en que el abogado esté colegiado. En este sentido, el abogado holandés ha aclarado que, después de que los organismos europeos determinasen que, por la relación laboral que mantienen con su compañía, los abogados de empresa están imposibilitados para ofrecer un consejo independiente, las comunicaciones con sus clientes estarán a salvo únicamente si éstos están colegiados.

En Reino Unido, ha indicado Sara Chandler, el secreto profesional desprende su protección diferenciando dos ocasiones: el asesoramiento legal y la intervención en un procedimiento judicial. La única excepción para que no despliegue sus efectos, será en caso de que el abogado esté actuando o siguiendo indicaciones para cometer un ilícito. Para la británica “la búsqueda de armonía y respeto entre las distintas jurisdicciones europeas es algo que perderemos salvo que nos mantengamos unidos” aunque, debido al Brexit, en su caso “las perspectivas son negativas”.

Por su parte, Joaquín García-Romanillos ha situado el punto de inflexión en la “voracidad económica y fiscal” ya que, para el letrado, “cuando se pretende erosionar el secreto profesional es siempre para proteger la economía”. En nuestra legislación, el secreto profesional es un derecho que encuentra principalmente dos fisuras: la desprotección de los abogados de empresa, y la Ley para la prevención de blanqueo de capitales que “convierte a los abogados en policías”. Por ello, ha expresado la necesidad de que los abogados den una respuesta firme y aunada al respecto, tanto a nivel europeo como nacional. En España, en concreto, a través de la Ley de Defensa.

Mañana, la jornada se reanudará a las 9:30 horas con la mesa redonda sobre “El papel de la Abogacía en las reformas legislativas”.

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