FORO JUSTICIA ICAM | El ICAM alerta del impacto de la Ley Orgánica 1/2025 en el acceso a la justicia: “Más retrasos, más inseguridad jurídica y más barreras”

  • La abogacía madrileña reclama una revisión urgente del modelo de MASC obligatorios, especialmente en procedimientos de familia y litigios internacionales, y alerta de su impacto en pequeños despachos y profesionales del Turno de Oficio.
  • En esa línea, el Colegio ha remitido recientemente al Gobierno y a los grupos parlamentarios un informe en el que cuestiona la constitucionalidad de la ley por su impacto en el acceso a la Justicia
  • Jueces, LAJ, abogados y procuradores apuestan en el Foro Justicia ICAM por más seguridad jurídica, unidad de criterio y ajustes en la aplicación de la Ley de Eficiencia.

Un año después de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, que recientemente ha remitido al Gobierno y a los grupos parlamentarios un informe en el que traslada sus dudas sobre la constitucionalidad de la Ley por su impacto en el acceso a la Justicia, ha reunido este viernes a representantes de los principales operadores jurídicos para analizar sus efectos reales sobre el funcionamiento de la Justicia. Y el diagnóstico trasladado por la institución en la apertura del encuentro ha sido contundente: la reforma, tal y como se está aplicando, está generando más retrasos, mayor inseguridad jurídica y nuevas barreras en el acceso a la tutela judicial efectiva.

Ese fue el principal mensaje lanzado por el decano del ICAM, Eugenio Ribón, durante la inauguración del Foro Justicia, celebrado bajo el título “Un año después de la Ley 1/2025: ¿cómo está la Justicia? Los MASC, a debate”.

“La abogacía no está en contra de la modernización de la Justicia. Al contrario. Queremos una Justicia más ágil, más accesible, más previsible y más eficiente. Lo que cuestionamos es que esta ley, tal y como se está aplicando, esté logrando ese objetivo”, señaló Ribón. Durante su intervención, el decano resumió la posición institucional del Colegio con una idea clara: “el problema no es la idea de la eficiencia; el problema es cuando la eficiencia prometida se convierte en burocracia real”.

Ribón defendió el valor de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como instrumentos útiles para favorecer acuerdos y reducir litigiosidad, pero advirtió de que su imposición como requisito previo obligatorio para acudir a los tribunales está generando efectos contrarios a los perseguidos.

“Una cosa es fomentar los MASC como cultura de acuerdo, como vía útil al servicio del ciudadano, y otra muy distinta imponerlos como requisito previo obligatorio para poder acudir al juez. Esa diferencia es esencial. Porque ahí es donde una herramienta útil puede dejar de ser una opción y convertirse en una barrera”, afirmó.

El decano alertó del impacto inmediato que la aplicación de la norma está teniendo sobre la actividad profesional de la abogacía: más trabajo previo a la demanda, mayores exigencias documentales, dudas interpretativas, riesgo de inadmisión y más tiempo invertido sin una reducción equivalente de la litigiosidad.

A ello se suma, según expuso, la disparidad de criterios judiciales. “Cuando una misma exigencia se interpreta de forma distinta según el órgano judicial, lo que se genera no es eficiencia, sino inseguridad jurídica”, advirtió.

Ribón recordó, además, que el malestar de la profesión respecto a la aplicación de la norma ya quedó reflejado en el estudio elaborado por el ICAM tras sus primeros meses de vigencia, en el que una amplia mayoría de los profesionales consultados alertaba de retrasos, disparidad de criterios judiciales y escasa eficacia práctica de la negociación previa obligatoria. No en vano, el 90% de los encuestados afirmaba que la norma estaba generando más demoras, mientras que apenas un 9% consideraba que la negociación previa estaba resolviendo realmente los conflictos fuera de los tribunales.

El decano puso el foco en tres ámbitos especialmente sensibles: los procedimientos de familia con menores, los litigios internacionales y transfronterizos y el impacto sobre pequeños despachos y profesionales del Turno de Oficio.

En este sentido, recordó que el ICAM ha mantenido una posición “constructiva y responsable” desde la tramitación de la norma, presentando cerca de 40 propuestas de enmienda y reclamando la unificación de criterios interpretativos, además de poner a disposición de los profesionales guías prácticas, formación, modelos, sistemas de notificación certificada y un canal de incidencias.

Un debate plural sobre el impacto real de la reforma

Tras la apertura institucional, el foro dio paso a un panel con representantes de la magistratura, la procura, los letrados de la Administración de Justicia y la abogacía.

Desde la judicatura, Mª Consolación González, magistrada y presidenta de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, llamó a interpretar con cautela los datos estadísticos del primer año de aplicación de la reforma y recordó que parte de los asuntos permanece actualmente en fase previa de negociación, lo que dificulta extraer conclusiones definitivas sobre su impacto real.

La magistrada apuntó, además, que se produjo un importante incremento de presentación de demandas en los meses previos a la entrada en vigor efectiva de la norma, seguido de un descenso en trimestres posteriores, una evolución que obliga a analizar con mayor perspectiva las cifras.

La decana del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, Carmen Giménez Cardona, advirtió de que la implantación de los MASC como requisito de procedibilidad está provocando una ralentización en la presentación de asuntos y generando nuevas incertidumbres procesales. A su juicio, la ley viene a dar carta de naturaleza a una práctica habitual en la abogacía —la negociación previa antes de presentar demanda—, pero lamentó que no se haya acompañado de la suficiente claridad ni de criterios homogéneos, lo que está derivando en inadmisiones, recursos y nuevas cargas procesales.

Por su parte, Adrián Gómez Linacero, presidente autonómico de Madrid de PROLAJ, puso el foco en la falta de datos oficiales concluyentes que permitan medir con precisión el impacto real de los MASC, dada la diversidad de fórmulas existentes y la ausencia de un sistema homogéneo de registro.

En este contexto, defendió la necesidad de que el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia incorporen a la estadística judicial indicadores específicos sobre inadmisiones y otras incidencias procesales vinculadas a la aplicación de estos mecanismos. Asimismo, advirtió de que, aunque distintas audiencias provinciales están corrigiendo interpretaciones inicialmente restrictivas, la proliferación de criterios dispares sigue generando inseguridad jurídica.

Desde una posición más favorable a la filosofía de la reforma, Amparo Quintana García, copresidenta de la Sección MASC del ICAM, defendió que el objetivo de la Ley 1/2025 —impulsar la cultura del acuerdo— responde a una práctica histórica de la abogacía y sostuvo que la principal novedad no reside tanto en la obligación de negociar como en la exigencia formal de acreditar ese intento previo ante los tribunales.

Quintana señaló, no obstante, que la entrada en vigor de la norma no ha supuesto un incremento significativo de asuntos en mediación o conciliación, aunque sí aprecia un cambio de actitud en parte de la abogacía, que estaría recurriendo con mayor frecuencia a terceros neutrales para reforzar la validez del intento de negociación previa.

La familia, en el centro del debate

Uno de los bloques que concentró buena parte del debate fue el relativo a la aplicación de los MASC en procedimientos de familia, uno de los ámbitos donde la abogacía viene alertando de mayores riesgos derivados de la reforma.

Desde la judicatura, Mª Consolación González reconoció la especial sensibilidad de los procedimientos de familia y explicó que esa complejidad ha obligado a los jueces a modular progresivamente la interpretación inicial de la norma.

Según señaló, en los primeros meses de aplicación se adoptaron criterios más rigurosos respecto al cumplimiento del requisito de procedibilidad, aunque la evolución de la práctica forense y las resoluciones de distintas audiencias provinciales han permitido avanzar hacia interpretaciones más flexibles y garantistas.

Desde la perspectiva de los letrados de la Administración de Justicia, Adrián Gómez Linacero advirtió de la especial complejidad que plantea la aplicación de este requisito en procedimientos de familia, donde confluyen intereses especialmente sensibles y, en muchos casos, derechos de menores.

A su juicio, aunque la práctica está permitiendo avanzar hacia soluciones más flexibles, sigue siendo imprescindible una mayor homogeneización de criterios para evitar incertidumbres y asegurar una aplicación uniforme.

Por su parte, Carmen Giménez Cardona puso el acento en la dificultad práctica de conciliar la exigencia del intento de acuerdo previo con la actual situación de saturación de la Justicia, especialmente en procedimientos de familia donde el factor tiempo resulta determinante.

La decana de los procuradores recordó que la negociación previa entre profesionales ya era una práctica habitual en este tipo de asuntos, pero advirtió de que la suma de los plazos derivados del intento de acuerdo y de la posterior tramitación judicial puede dilatar en exceso la obtención de una respuesta efectiva para las familias.

En este punto, Amparo Quintana defendió con claridad el valor de la mediación y del resto de mecanismos consensuales en conflictos con menores, recordando que la mediación familiar cuenta con respaldo europeo desde hace décadas y que puede contribuir a reducir la carga emocional de este tipo de procesos.

A su juicio, el problema no reside en los MASC en sí mismos, sino en la lentitud estructural de la Administración de Justicia. Según expuso, cuando existe una situación de riesgo para el menor, la propia ley ya prevé excepciones a la obligación de acudir previamente a estos mecanismos.

Las costas, otro foco de incertidumbre

Otro de los aspectos que centró el debate fue el nuevo régimen de costas introducido por la reforma, una cuestión que varios ponentes señalaron como uno de los elementos más controvertidos de la ley.

Adrián Gómez Linacero advirtió de que la modificación del artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil altera de forma sustancial la regla tradicional del vencimiento objetivo. Según explicó, la posibilidad de que quien gane el pleito no recupere las costas si rechazó sin justa causa participar en un MASC introduce una importante incertidumbre para profesionales y justiciables.

A su juicio, este nuevo sistema exige al ciudadano un conocimiento excesivamente sofisticado del funcionamiento del proceso y dificulta aún más la labor de asesoramiento jurídico sobre los costes reales de litigar.

En términos similares se pronunció Carmen Giménez Cardona, quien cuestionó que el nuevo sistema opere como un verdadero incentivo y lo definió más bien como un mecanismo de presión para forzar la participación en estos procedimientos.

Desde la judicatura, Mª Consolación González alertó de que la aplicación práctica de este nuevo régimen obligará a interpretar conceptos jurídicos indeterminados, como el “abuso del servicio público de Justicia” o el rechazo injustificado a negociar, extremos que previsiblemente irán delimitándose a través de la jurisprudencia.

Por su parte, Amparo Quintana defendió una interpretación menos automática del sistema y recordó que la ley incorpora también incentivos fiscales en determinados supuestos.

Llamamiento a la unidad y a una revisión de la norma

En el tramo final del foro, los ponentes coincidieron en la necesidad de seguir ajustando el modelo para compatibilizar el impulso de los MASC con el derecho de acceso a la jurisdicción y con la realidad práctica de la Administración de Justicia.

Desde la judicatura, Mª Consolación González confió en que el paso del tiempo permita a todos los operadores jurídicos comprender mejor esta nueva figura, avanzar en la unificación de criterios y conseguir que los MASC cumplan realmente la finalidad para la que fueron concebidos.

Amparo Quintana reivindicó la vocación negociadora de la abogacía y recordó que los profesionales no solo están acostumbrados a reclamar, sino también a ofrecer soluciones y acuerdos cuando existen las condiciones adecuadas para ello.

Por su parte, Carmen Giménez Cardona apeló a la unidad de todos los operadores jurídicos para contribuir a que la Justicia funcione de forma más eficaz y pueda ofrecer una respuesta ágil al ciudadano, lamentando que la Justicia no reciba siempre la atención política e institucional que requiere.

Finalmente, Adrián Gómez Linacero propuso la creación de un grupo de trabajo integrado por todos los operadores jurídicos para revisar la aplicación práctica de la norma, ampliar el catálogo de excepciones previsto en el artículo 5.2 y promover una reforma legislativa que permita superar las actuales dificultades interpretativas.

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