Entra en vigor nueva reforma para fortalecer las garantías procesales y regular las medidas de investigación tecnológicas

Desde ayer, 1 de noviembre, está en vigor una nueva reforma de los artículos 118, 509, 520, 520 ter y 527 llevada a cabo por Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y regulación de las medidas de investigación tecnológicas.

Desde el Área Procesal Penal del Observatorio de la Justicia se ha elaborado una ficha sobre el derecho de defensa y los derechos de los detenidos, según lo que establece la reforma.

Para consultar el documento, pinchar aquí.

La modificación operada por la Ley Orgánica 13/2015 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y de la regulación de investigación tecnológica es consecuencia de la transposición de la Directiva 2013/48/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, sobre el derecho a la asistencia de letrado en los procesos penales y en los procedimientos relativos a la orden de detención europea, y sobre el hecho de que se informe a un tercero en el momento de las privación de libertad y a comunicarse con terceros y con autoridades consulares durante la privación de libertad, a nuestra legislación.

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