El Tribunal Constitucional ha aprobado un nuevo Acuerdo por el que se regula la presentación de los recursos de amparo a través de su sede electrónica. La nueva regulación, publicada este viernes 12 en el Boletín Oficial del Estado, entrará en vigor el próximo 15 de septiembre de 2026.
La principal novedad consiste en la integración del actual formulario y de la demanda de amparo en un único documento normalizado, que deberá cumplimentarse telemáticamente a través de la sede electrónica del Tribunal Constitucional. El objetivo de esta medida es simplificar la presentación de las demandas de amparo y facilitar la actuación de los profesionales jurídicos que intervienen en estos procedimientos.
El modelo normalizado tendrá una extensión máxima de 50.000 caracteres con espacios, sin perjuicio de que, en circunstancias excepcionales, pueda solicitarse motivadamente autorización para superar dicho límite. En todo caso, si el recurso de amparo es admitido a trámite, se abrirá posteriormente el trámite de alegaciones previsto en el artículo 52.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en el que el demandante podrá formular alegaciones sin límite de extensión.
Junto con la demanda deberán acompañarse, en su caso, los documentos relativos al apoderamiento del procurador, las resoluciones impugnadas, la acreditación de la denuncia previa de la vulneración, el agotamiento de la vía judicial, el respeto del plazo de interposición y aquellos otros documentos que el demandante estime convenientes. Cada archivo digital deberá contener un único documento, en formato editable y con una denominación que permita identificar claramente su contenido.
Asimismo, el Tribunal Constitucional ha elaborado una nueva “Guía para la presentación de las demandas de amparo”, de carácter informativo, destinada a orientar a los profesionales en la elaboración y presentación telemática de estos recursos. La guía explica el acceso al registro telemático, las opciones disponibles para abogados y procuradores, las reglas de cumplimentación del formulario y los requisitos de admisibilidad de la demanda.
Entre otros aspectos, la guía recuerda que la demanda debe exponer con claridad y concisión los hechos, citar los derechos fundamentales que se consideren vulnerados, fijar con precisión el amparo solicitado y justificar específicamente la especial trascendencia constitucional del recurso. También detalla los plazos de interposición según el tipo de amparo y ofrece indicaciones prácticas sobre la documentación que debe aportarse.
La nueva regulación deroga el Acuerdo de 15 de marzo de 2023, que hasta ahora regulaba la presentación de los recursos de amparo a través de la sede electrónica del Tribunal Constitucional.
Los abogados ejercientes de Madrid que intervengan en procedimientos de amparo deberán tener en cuenta estas novedades para la preparación y presentación de demandas a partir del 15 de septiembre de 2026.