El documento analiza el régimen aplicable en los órdenes civil, penal, contencioso-administrativo y social, así como en los recursos de amparo
La Unidad Técnica Jurídica del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid ha elaborado un documento de consulta para orientar a la abogacía sobre el régimen de los plazos procesales durante el mes de agosto de 2026.
La guía parte de la regla general establecida en la Ley Orgánica del Poder Judicial, conforme a la cual los días de agosto son inhábiles para las actuaciones judiciales, salvo aquellas que las leyes procesales declaren urgentes. Asimismo, recuerda la importancia de diferenciar entre los plazos procesales y los plazos sustantivos para el ejercicio de acciones, especialmente cuando estén sujetos a prescripción o caducidad.
El documento examina las particularidades aplicables en cada orden jurisdiccional. En materia civil, recoge las actuaciones consideradas urgentes y las demandas y escritos que podrán presentarse durante agosto, de acuerdo con el Acuerdo Gubernativo 319/2026 del Servicio Común de Registro y Reparto Civil de Madrid.
En el ámbito penal, recuerda que todos los días y horas del año son hábiles para la instrucción de las causas criminales, mientras que en la vía administrativa el mes de agosto tiene carácter hábil, con la excepción de sábados, domingos y festivos. Por el contrario, en la jurisdicción contencioso-administrativa agosto es, con carácter general, inhábil, salvo para los procedimientos de protección de derechos fundamentales.
La guía también detalla las modalidades procesales del orden social para las que agosto es hábil, entre ellas los procedimientos de despido, vacaciones, movilidad geográfica, conciliación de la vida personal y laboral, tutela de derechos fundamentales o impugnación de altas médicas. Además, incorpora las previsiones del Acuerdo Gubernativo 320/2026 del Servicio Común de Registro y Reparto Social.
Finalmente, el documento aborda el régimen de días inhábiles aplicable a los procesos constitucionales y a los recursos de amparo.
La publicación tiene carácter orientativo y ofrece a los profesionales una referencia práctica para identificar las principales excepciones y cautelas que deben tenerse en cuenta durante el periodo estival.