En el Boletín Oficial del Estado del día de hoy, 23 de diciembre de 2022, se ha publicado la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.
En las Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera de dicha Ley Orgánica, se declaran inhábiles, además de los días del mes de agosto, los días desde el 24 de diciembre hasta el 6 de enero del año siguiente. En desarrollo de dicha Ley, el Secretario General de la Administración de Justicia ha dictado la Circular 8/2022, relativa a las actuaciones sobre notificaciones telemáticas entre el día 24 de diciembre de 2022 y el 6 de enero de 2023.
Del contenido de la mencionada norma legal y de la Circular indicada, queda claro que no se podrá efectuar durante el referido periodo de tiempo actos de comunicación a los profesionales por vía electrónica, salvo las excepciones previstas en las leyes procesales o bien por haberse habilitado los días por razones de urgencia por el Juez o el Letrado de la Administración de Justicia en los términos previstos por el artículo 131 de la L. E. Civil.
Por todo ello, se procederá a verificar el cumplimiento de la mencionada normativa, con la colaboración de Madrid Digital, de lo que se informará a la Secretaría General en caso de incumplimiento.