Artículo ganador del Premio Secciones 2020 – Sección de Derecho Marítimo y Transportes

El letrado Fernando José Cascales Moreno ganó el Premio Secciones 2020 en la Sección de Derecho Marítimo y Transporte con su trabajo “Quiebra del régimen jurídico de competencia del transporte público de viajeros por carretera”.


La colaboración aborda, lo más sucintamente posible, dada la limitación de espacio y las numerosas cuestiones a plantear, la problemática existente con relación a la competencia en el importante sector del transporte público de viajeros por carreta. Es en este orden de materias que se explicitan y desarrollan los supuestos que inciden en la quiebra en dicho sector del régimen de competencia leal y no discriminatoria que se contiene en la normativa dictada tanto a nivel interno como comunitario, sectorial y reguladora de la contratación pública.

El Ordenamiento jurídico (emanado de las instituciones comunitarias y de nuestro Estado) de aplicación al transporte público de viajeros por carretera, tanto en su vertiente estrictamente sectorial, como sobre cuanto concierne a la contratación pública de esta case de servicios, conforma un régimen jurídico que asegura la existencia de una competencia leal y no discriminatoria, en la que además rigen los principios de transparencia, concurrencia y publicidad.

Es dentro de este contexto que en la colaboración se exponen las numerosas e importantes quiebras que de hecho concurren en el sector, que derivan de una inobservancia muy generalizada en la gestión pública de esta ingente normativa, que se detalla lo más resumidamente posible en torno a las siguientes causas que provocan la situación real que se describe:

  • Ampliación de los plazos concesionales de las líneas regulares
  • Continuidad en la prestación del servicio concesional caducado
  • Gestión indirecta de las estaciones de autobuses de titularidad pública por empresas de transporte de viajeros por carretera
  • Servicios urbanos regulares y turísticos adjudicados en exclusiva requiriéndose experiencia previa
  • Justificación de las ofertas desproporcionadas; el Informe técnico del artículo 149 LCSP
  • Reiterada anulación de los pliegos reguladores de los concursos
  • Ausencia de licitaciones
  • Concursos de transporte escolar; situaciones de cartel en las licitaciones

Lógicamente, cuanto se expone se fundamenta en torno a la normativa que es de aplicación, ya sectorial, ya reguladora de la contratación pública, emanada tanto de las instituciones comunitarias, como de nuestro Estado. La conclusión general, fundamentada jurídicamente, a la que se llega tras la exposición de todas estas cuestiones es la de que respecto del transporte público de viajeros por carretera la realidad es la de una gestión pública que ha originado una notoria quiebra de la leal competencia en este sector.

Compartir en tus RRSS

Deja un comentario