Abogados y Médicos ofrecerán un sistema de mediación para resolver los conflictos de accidentes de tráfico

  • Firma de un Convenio entre ambas instituciones

A partir de hoy cualquier persona de la Comunidad de Madrid que tenga un problema como consecuencia de haber sufrido un accidente de tráfico puede recurrir al servicio de mediación que ha puesto en marcha, de forma conjunta, los Colegios de Médicos y Abogados de Madrid. 

Este servicio es posible gracias al convenio firmado esta mañana entre la decana, Sonia Gumpert, y el presidente del Colegio de Médicos,  Miguel Ángel Sánchez Chillón. “Este es un procedimiento más ágil, económico y personalizado que la resolución judicial para conseguir un acuerdo que solucione el conflicto; por lo tanto, va a ser muy beneficioso para las personas que puedan encontrarse en esas circunstancias”, han destacado ambos representantes institucionales.  

Además, han señalado que “los Colegios de Abogados y Médicos estamos en disposición de apoyarnos y promover una colaboración mutua para la puesta en marcha de este servicio de mediación ya que el Colegio de Abogados es una institución de mediación, actividad que desarrolla a través de su Centro de Resolución de Conflictos, mediaICAM, al igual que el ICOMEM que cuenta con una sección de médicos mediadores”, ha indicado la decana.

También ha hecho un llamamiento para que las compañías aseguradoras y  cuántos tienen por finalidad hacer realidad nuestro ordenamiento “se sumen a favor de la mediación cómo fórmula para la resolución de controversias de responsabilidad en el ámbito de la circulación”.

¿Cómo hacer uso de la mediación?

Cualquier persona que quiera recurrir a este servicio puede hacerlo a través del equipo de mediaICAM del Colegio de Abogados (mail mediacion@icam.es  y tfnos. 917.889.380 / 914.357.810 Ext. 1991) y de la Asesoría Jurídica del ICOMEM (mail ajuridica@icomem.es y tfnos. 915.385.107/98).

La mediación en estos conflictos originados por accidentes de circulación se llevará a cabo, de forma conjunta, por dos mediadores de experiencia, un abogado y un médico. El proceso se desarrollará bien de forma presencial en las dependencias de mediaICAM o por medios electrónicos, si fuera posible.

La duración del procedimiento no superará los dos meses. Excepcionalmente, a solicitud del mediador, por motivos justificados y previo acuerdo de ambas partes, se podrá establecer una prórroga por un plazo superior sin que en ningún caso se pueda superar el plazo de tres meses. 

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