Por Orden INT/407/2020, de 12 de mayo, publicada en el BOE el día 13 de mayo, se deroga la Orden INT/227/2020, de 15 de marzo por la que se establecían una serie de prohibiciones y limitaciones con relación a los centros penitenciarios.
La nueva orden reanuda, de forma paulatina y gradual, las visitas y salidas de las personas privadas de libertad en los centros penitenciarios manteniendo como referencia la protección de la salud pública.
En desarrollo de dicha Orden, la Secretaria General de Instituciones Penitencias, el mismo 13 de mayo, ha trasladado a las direcciones de los centros penitenciarios una serie de instrucciones, que se irán cumplimentando a medida que la zona en la que se ubique cada centro penitenciario se encuentre en una fase u otra de la desescalada, dentro del llamado Plan para la Transición hacia una nueva normalidad aprobado por el Consejo de Ministros el 28 de abril de 2020.
En lo que concierne a nuestra profesión las medias que nos afectan son la siguientes:
FASE 1 o 2:
- Las personas privadas de libertad acudirán a las comunicaciones por locutorio siempre que no exista ningún impedimento desde el punto de vista clínico o sanitario (no saldrán a los locutorios quienes se encuentren en cuarentena o en aislamiento por COVID-19). Expresamente se indica que cualquier persona que ingrese en un centro, incluso procedente de otro centro, permanecerá en cuarentena o bajo observación medica durante 14 días o el tiempo que determine le personal sanitario del centro, impidiendo que acuda a los locutorios.
- A este respecto, antes de desplazarnos al Centro Penitenciario, conviene contactar telefónicamente con el mismo para preguntar si nuestro cliente se encuentra en una de las situaciones que le impida acudir a locutorio.
- En todo caso debemos acudir provistos de mascarilla y guantes, no permitiéndose la entrada de las personas que no lo hagan (En las instrucciones se prevé la posibilidad de que haya mascarillas, guantes y geles en los Departamento de Comunicaciones para los casos en que el visitante no los lleve, pero no es una obligación de los centros por lo que pudiera darse la circunstancia de que el día u hora en que acudamos a la visita no los hubiera y en ese caso no nos dejarían entrar).
- No se permitirá la entrada de personas que presentes síntomas de infección respiratoria.
- En el caso de que se vayan a realizar desplazamientos interprovinciales se aplicará los criterios de cada Fase del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad.
- Se reduce el uso de los locutorios al 50%, y las personas presas tendrá que mantener la distancia de separación (se estima en 1,5 metros). Además los centros han introducido normas de no interrelación entre personas de distintos módulos y dependencias, lo que afectará al tiempo que puede durar nuestra visita.
- En función de las características de cada centro, si no fuera posible el cumplimiento estricto de las indicaciones, podrán adaptarlas para que se puedan llevar a cabo las comunicaciones.