Se publica la Orden INT/96/2026, de 12 de febrero de 2026, por la que se prorroga hasta el 4 de marzo de 2027 la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania que sean beneficiarias de protección temporal en España.
Según se explica en la orden:
- Prórroga automática: Las tarjetas ya emitidas mantendrán su validez hasta el 4 de marzo de 2027. No será necesario solicitar o expedir nuevas tarjetas para cumplir con las obligaciones legales.
- Cumplimiento de obligaciones legales: La prórroga permite a los titulares cumplir con lo dispuesto en el artículo 209 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 1155/2024.
- Comunicación a la UE: Esta prórroga se comunicará a las instituciones competentes de la Unión Europea para que sea reconocida por los demás Estados miembros, garantizando la validez de estas tarjetas para el cruce de fronteras y circulación dentro del espacio Schengen.
- Exclusiones: No afecta a quienes hayan renunciado a la protección temporal.
Se recuerda que esta medida se adopta para evitar la necesidad de expedición masiva de nuevas tarjetas, asegurando la continuidad de los derechos de residencia y circulación de los beneficiarios, en un contexto de conflicto que persiste en Ucrania.