La Unidad de Grandes Empresas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publica los nuevos criterios tras la derogación de la figura de inversores

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), ha publicado los criterios aplicables en materia de extranjería tras la derogación de la figura de inversores, recogida en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Principales criterios tras la derogación

  • Régimen transitorio:
    Se admitirán solicitudes de residencia si el visado fue solicitado antes del 3 de abril de 2025, aunque la autorización surta efectos con posterioridad.
    También se permiten renovaciones si la autorización inicial cumplía los requisitos vigentes en su momento.
  • Solicitudes de familiares:
    A partir del 3 de abril de 2025, las nuevas solicitudes de familiares de titulares de autorizaciones de inversores serán inadmitidas, debiendo tramitarse conforme al régimen general del Reglamento de Extranjería (RLOEx).
  • No transmisibilidad del derecho de residencia:
    El derecho de residencia no podrá ser transmitido por herencia, donación ni entre personas jurídicas y físicas.
  • Desempleo:
    Se mantiene la residencia en caso de desempleo si la persona beneficiaria percibe subsidio conforme al RLOEx.
  • Trabajo a jornada parcial:
    En contratos a tiempo parcial, será obligatorio acreditar el 100 % del salario mínimo exigido para personal altamente cualificado.

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