La Sección de Compliance estrena sus debates analizando las particularidades del canal de denuncias

El pasado jueves se celebró en el Salón de Actos del Colegio el primer taller organizado por la Sección de Compliance sobre el canal de denuncias. La copresidenta de la Sección y encargada de moderar el evento, Beatriz Saura, reiteró la intención de que este tipo de reuniones fueran un debate abierto en el que todos los presentes pudieran intervenir y aportar ideas que contribuyan a la evolución del compliance en nuestro país.

Jordi Gimeno Beviá, catedrático de Derecho Procesal, fue el primero de la mesa en intervenir, aportando una visión comparativa entre la situación en USA y la nacional. Coincidió con el resto de ponentes en que en España hay cierta tradición cultural por la que la delación no está bien vista y explicó que, en contraposición, en América se trata de una figura institucionalizada que despliega diversas protecciones para el delator frente a las posibles represalias de los denunciados. Además, existe una casuística en la que delatores anónimos buscan representación legal y llegan a obtener porcentajes millonarios. Para Gimeno Beviá, es fundamental buscar el equilibrio entre confidencialidad y anonimato.

La siguiente ponente, Laura Arán Briones, de Chávarri Abogados, puso el foco de atención en los procedimientos establecidos en nuestro país, destacando que el canal de denuncias es la fuente más utilizada para detectar riesgos e incumplimientos dentro de la empresa. Por ello, para la abogada, es importante que el canal esté creado ad hoc para cada compañía (en relación al idioma, tipos de formularios, etc.), e incluso que se abra a los clientes. Respecto al deber de los empleados de utilizar el canal cuando tengan quejas o les consten infracciones dentro del marco empresarial, Arán señaló que en conformidad al art. 5 del Estatuto de los Trabajadores, que compele a “seguir las instrucciones del empleador”, una vez que un superior les comunique la existencia del canal de denuncias, ya quedarían obligados a su uso.

Por su parte, el secretario general de Grupo Pascual, Emilio Martín, encargado de la última intervención, desgranó la procedimentalidad del canal de denuncia, destacando que debe existir un régimen sancionador asociado al incumplimiento del sistema compliance, y que el receptor de las quejas sea un consejero independiente no vinculado empresa, de forma que pueda garantizarse su imparcialidad durante el cauce de investigación de las denuncias, así como la protección de los delatores. Además, insistió en que debe dotarse al sistema de soporte legal, en especial de cara a las imposiciones de la Ley de Protección de Datos.

Compartir en tus RRSS