Instrucción sobre el criterio a seguir en los procedimientos de extranjería impulsados o tramitados a favor de nacionales bielorrusos en España

Se publica la Instrucción conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras, que establece el criterio a seguir en los procedimientos de extranjería impulsados o tramitados a favor de nacionales de Bielorrusia en España.

Esta medida surge ante la imposibilidad de obtención o renovación de pasaportes bielorrusos en el extranjero y la situación de vulneración de derechos que ello genera, tal como han señalado organismos internacionales y las instituciones de la Unión Europea.

La Instrucción establece que, para la tramitación de autorizaciones y permisos previstos en la normativa de extranjería, así como para la expedición y entrega de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, se aceptarán pasaportes bielorrusos caducados, siempre que el ciudadano se encontrara en España en la fecha de la publicación de la Instrucción. Este criterio será de aplicación mientras persistan las circunstancias extraordinarias que lo motivan.

Dada la importancia práctica de esta medida para el asesoramiento y la defensa de los ciudadanos bielorrusos, se recomienda a los colegiados consultar el texto íntegro de la Instrucción para conocer con detalle su alcance, fundamentos y límites de aplicación.

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