In dubio pro persona con discapacidad, principal conclusión de la charla de ayer sobre los instrumentos jurídicos a utilizar ante Notario

La charla celebrada en el Salón de Actos del Colegio sobre “Instrumentos jurídicos a utilizar ante Notario en favor de una persona con discapacidad”, celebrada ayer al amparo de la Sección de Derechos Humanos y su Área de Discapacidad y Dependencia, contó con la intervención de Ramón Corral Beneyto, delegado de la Fundación AEQUITAS en el Colegio Notarial de Madrid.

Corral inició su intervención dibujando el panorama del Derecho de las personas con discapacidad, repasando la normativa nacional  y la europea, hasta llegar a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Nueva York, celebrada en 2006. La conclusión por lo que respecta a nuestro sistema, “aunque ha habido una mejora sustancial, es que queda una rémora para adaptaciones de la citada convención” que, además en todo caso, conforme a la jerarquía normativa sancionada en nuestro ordenamiento, debe utilizarse como foco de interpretación a la hora de aplicar el resto de leyes patrias.

Seguidamente se trató el “Asunto Mara”, que ha ocupado los medios durante los últimos días sobre una joven gallega que ha sido atendida como enferma de síndrome de Down aunque en realidad no lo padece. Ha sido privada del derecho a voto y, tras ratificarse en todas las instancias, el Tribunal Constitucional dictó auto de inadmisión sin entrar a valorar el asunto. Ángel Bravo del Valle, coordinador del Área de Discapacidad y Dependencia de la Sección, quiso reflejar que está llevando el caso una colegiada de Madrid. También instó a los asistentes a que buscaran el test a que fue sometida la joven, “a ver si sois capaces de responder vosotros”, dijo.

En este punto, Corral, además de ofrecer apoyo y ayuda, lamentó los perjuicios a los que aún hoy en día se tiene sometidos a las personas con discapacidad, y recalcó la importancia de que los profesionales del sector jurídico busquen y reciban formación a tal efecto. Son problemáticas que “hay que abordar de forma transversal, desde el ámbito de los Derechos Humanos, garantizados a los discapacitados al consagrar en su artículo 14 la igualdad de todas las personas”. Y reconoció que él, en un guiño a uno de los principios procesales, es partidario de actuar siempre “in dubio pro persona con discapacidad”. 

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