El Colegio de la Abogacía de Madrid pone en marcha el 1 de enero de 2023 el reglamento de cobros de la Institución publicado en la web y que regula de manera separada la gestión de cobro de las cuotas colegiales y la de las demás cargas colegiales por la adquisición y uso de los bienes y servicios ofrecidos por el Colegio.
Este nuevo reglamento ha sido creado con el fin de aclarar y amparar los procedimientos que serán aplicados por el ICAM ante las diversas situaciones de uso de los servicios colegiales que afectan a los colegiados/as tanto en su pertenencia al Colegio como en su ejercicio profesional, cumpliendo con lo establecido en los Estatutos del ICAM y en el Estatuto General de la Abogacía Española.
Las principales novedades que recoge el Reglamento de Cobros son:
- Emisión de recibos pasados al cobro de forma separada en su cuenta corriente: por un lado se girará la cuota colegial y, por otro lado, todos los bienes adquiridos y los servicios consumidos (publicaciones jurídicas, dictámenes de honorarios, cursos formativos, asistencia a eventos, gastos de reprografía, etc.)
- La cuota colegial se pasará al cobro de manera trimestral mientras que las demás cargas colegiales se pasarán al cobro de manera mensual.
- Regulación separada de las consecuencias de la falta de pago de las cuotas colegiales y de las demás cargas colegiales.
El reglamento completo puede consultarse a través de este enlace: