CENTRO DE ESTUDIOS: EL ARTÍCULO 8.6 DE LA LJCA. LAS AUTORIZACIONES JUDICIALES DE ENTRADA EN DOMICILIO Y LOCALES PARA LA EJECUCIÓN DE ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Horario
18 de febrero de 2022, de 12.00 h. a 15.00 h.
Director
D. César Pinto Cañón
Abogado
Descripción
Examen de las recientes sentencias de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que tienen por objeto autorizaciones de entrada en domicilio acordadas por los Juzgados de lo Contencioso-administrativo (Art. 8.6 LJCA) bien para proceder a desalojos de viviendas (STS 10 12 2020) o con relación a los procedimientos de aplicación de los tributos (SSTS 1 10 2020 y 27 09 2021).
Objetivo
Conocer los presupuestos y criterios que establece la reciente doctrina jurisprudencial sobre las autorizaciones judiciales de entrada en domicilio en la Jurisdicción Contencioso-administrativa para prevenir eventuales vulneraciones del derecho a la inviolabilidad del domicilio, Art. 18.2 CE.