El Ministerio de Justicia actualiza los módulos y bases de compensación económica para los abogados aplicables a su ámbito de competencia

En el día de ayer se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden Ministerial por la que se actualiza el anexo II del Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita. Para ver el documento completo, pulsar aquí.

El anexo que se modifica actualiza los módulos y bases de compensación económica para las actuaciones de los abogados de turno de oficio de las Comunidades Autónomas que no tienen transferidas las competencias en materia de justicia, y para aquellas que se realizan ante los Órganos Centrales de la Administración de Justicia, incrementándose por primera vez después de quince años de vigencia.

El cuadro comparativo donde puede verse el baremo vigente hasta este momento y el que se aplicará como consecuencia de la actualización puede consultarse a través de este enlace.

En la norma se prevé que los baremos se apliquen a las actuaciones que han sido acreditadas por los abogados desde el pasado 1 de enero de 2018.

Por tanto, desde el Departamento de Turno de Oficio del Colegio se va a proceder a efectuar las certificaciones correspondientes a los meses de enero a octubre, con las diferencias que resulten de aplicar los nuevos importes, a fin de presentarlas al Ministerio de Justicia a la mayor brevedad posible.

Así, la certificación por actuaciones que se justifiquen a partir del mes de noviembre con cargo al Ministerio de Justicia se realizará aplicando en su totalidad estos nuevos módulos.

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