El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) considera de extrema gravedad la revelación, por parte de la Fiscalía Provincial de Madrid, a través de un comunicado oficial, de datos concretos de unas diligencias de investigación, detallando fechas y contenido de conversaciones y reuniones, produciendo todo ello una ruptura del secreto profesional que ampara las comunicaciones de letrados.
El Estatuto de la Abogacía, aprobado por Real Decreto 135/2021, en su artículo 22, establece sin paliativos el deber y el derecho de los abogados a mantener en secreto todas las comunicaciones y propuestas relacionadas con el ejercicio de su profesión, garantizando así la confianza y la protección de los derechos de sus defendido.
Además, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en su artículo 4,5º, destaca el límite de la obligación de informar por parte del Ministerio Público, haciendo hincapié en el respeto al secreto del sumario y a los deberes de reserva y discreción inherentes al cargo, así como a los derechos de los implicados. Este marco legal subraya la importancia del secreto profesional, especialmente en las interacciones entre fiscales y abogados, ya sea durante las diligencias de investigación o en el transcurso de los procedimientos judiciales.
A juicio del ICAM, la divulgación de cualquier información relacionada con las posiciones o estrategias legales de las partes, sin un acuerdo de conformidad formalizado, constituye una vulneración de estos principios básicos de sigilo, confianza y buena fe, y pone en riesgo la neutralidad que debe caracterizar la actuación del Ministerio Fiscal.
Como garante del derecho de defensa y de todos sus colegiados/as, el ICAM defenderá a ultranza estos principios y someterá a consideración de la próxima Junta de Gobierno de este lunes, como punto extraordinario, cuantas medidas sean necesarias para garantizar que se respeten en todos los ámbitos de la práctica profesional.
Por ello, a instancias de la Comisión Ejecutiva, la Junta de Gobierno del ICAM se reunirá el próximo lunes para examinar con todo detalle estos hechos con el compromiso de velar por el ejercicio del derecho de defensa y el secreto profesional, como pilares básicos del derecho a la tutela judicial efectiva -piedra angular de nuestro Estado de Derecho- llegando hasta las últimas consecuencias.