El Decanato de los Juzgados de Madrid ha informado en sus acuerdos gubernativos nº 345 y 346 de 2023 de la actuación del servicio común de registro y reparto en el orden civil y social durante el mes de agosto.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 183 LOPJ, en el orden social, durante el mes de agosto solamente se recepcionarán y repartirán las demandas relativas a procedimientos para los que, con arreglo al art. 43.4 de la LJS, el mes de agosto es hábil. La presentación de escritos y demandas urgentes en agosto se efectuará en los supuestos legalmente exigidos a través de LexNET, activando la casilla correspondiente a “urgentes”.
En el orden civil, durante el mes de agosto solo se registrarán, repartirán y remitirán a los Juzgados de Primera Instancia y de lo Mercantil de Madrid aquellas demandas, escritos y exhortos civiles y mercantiles respecto de los cuales la Ley establezca expresamente que puede practicarse alguna actuación judicial y aquellas otras en las que, justificadamente, se manifiesten razones de urgencia que motiven su presentación en el mes de agosto. La presentación de escritos y demandas urgentes en agosto se efectuará también a través de Lexnet activando la casilla correspondiente a “urgentes”.
Los colegiados y colegiadas interesados pueden consultar los acuerdos gubernativos en los siguientes enlaces:
- Acuerdo gubernativo nº 345/2023. Actuación del servicio común de registro y reparto civil durante el mes de agosto
- Acuerdos gubernativos nº 346/2023. Actuación del servicio común de registro y reparto social durante el mes de agosto