La Junta de Gobierno, en su reunión del pasado día 5 de Abril, ha acordado la creación del Servicio de Mediación en materia Deontológica, que será prestado de manera gratuita por el Colegio de Abogados de Madrid a través de su Centro de Mediación (medialICAM).
Según las normas de funcionamiento del nuevo servicio, cuando el Departamento de Deontología del Colegio reciba una queja, éste procederá a registrarla con el número de expediente que corresponda y determinará, en atención a su contenido, si procede la mediación entre el denunciante y el letrado denunciado como alternativa para solventar los hechos que la motivan. Si procediera la mediación el Departamento de Deontología remitirá de oficio la queja y la documentación que con la misma se acompañe al Centro de Mediación y dejará constancia de ello por diligencia en el expediente deontológico abierto, cuya tramitación quedará en suspenso y pendiente de lo que resulte de las actuaciones que lleve a cabo el Centro de Mediación. Una vez recibida la queja por el Centro de Mediación, con la documentación que en su caso adjunte, el referido Centro procederá en la forma señalada en sus propios Estatutos y protocolos de actuación. Del resultado de su labor mediadora el Centro de Mediación dará traslado al Departamento de Deontología. Si la mediación hubiera resultado exitosa el Departamento de Deontología procederá por diligencia a archivar el expediente abierto derivado de la queja presentada y cuya tramitación quedó en suspenso. En el caso de que la mediación resultara infructuosa el Departamento de Deontología acordará lo que proceda en el referido expediente, cuya tramitación se reanudará.