Deontología

A través del Departamento de Deontología, la Junta de Gobierno ejerce la competencia de control deontológico y, en su caso, disciplinario por la actuación profesional de los abogados y abogadas.

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid posee potestad sancionadora con objeto de poder depurar posibles responsabilidades profesionales de colegiados y colegiadas que pudieran incumplir la normativa reguladora de la deontología profesional en el ejercicio de su actividad. Ante la presentación de una queja contra un abogado/a cabe, por tanto, el archivo sin más trámite de la queja, la tramitación de información previa, o la incoación de expediente disciplinario. 

Por su parte, el servicio de consultas trata de resolver las dudas planteadas por los colegiados/as en ejercicio en relación con la interpretación y aplicación de la normativa deontológica y su transposición al ejercicio diario de la profesión.

Las consultas se formularán y se evaluarán por escrito. Para plantearlas, puedes dirigirte al Área Reservada de la web del ICAM:

Código Deontológico



Boletines de Deontología Profesional


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