El ICAM informa a sus colegiados sobre la gestión de solicitudes de Familiares de Españoles (cónyuges) tramitadas ante la Oficina de Extranjería de Madrid.
Se ha detectado que algunas resoluciones se están concediendo con efectos desde la fecha de resolución, en lugar de la fecha de presentación de la solicitud. Esta situación podría suponer la pérdida de entre 5 y 6 meses de residencia legal efectiva, con un impacto directo en el cómputo del plazo para la nacionalidad española, especialmente para cónyuges de españoles, cuyo plazo se reduce a un año.
El Área de Extranjería del ICAM ha solicitado aclaraciones al respecto, y la Oficina de Extranjería de Madrid ha dado instrucciones, a fecha 26 de diciembre, para la correcta aplicación de la Instrucción SEM 2/2025, mostrando total conformidad con el criterio adoptado en la misma.
Los colegiados que dispongan de alguna resolución afectada pueden remitirla a través del correo citaextranjeria@icam.madrid, autorizando su traslado a la Oficina de Extranjería de Madrid para la emisión de una resolución complementaria. Es importante adjuntar la resolución original al realizar el envío.