Con fecha 25 de marzo de 2020 se ha dictado la Instrucción 1/2020 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, por la que se consideran actuaciones inaplazables los pagos de las cuantías depositadas en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales durante el periodo de vigencia del estado de alarma.
Para dar virtualidad a esta Instrucción, se dicta ahora el presente protocolo, para hacer posible que se realicen los pagos sin que en ningún caso ello suponga una mayor exposición de los Letrados de la Administración de Justicia que están llamados a hacerlos, ni de los profesionales y ciudadanos que son destinatarios de los mismos.
Para consultar la circular 1/2020 de la Secretaría General de la Administración y el protocolo de actuación, pinchar aquí.