El ICAM expresa su preocupación ante la Proposición de Ley que reforma la acción popular, publicada hoy en el Boletín de las Cortes Generales

El Boletín Oficial de las Cortes Generales publica hoy la “Proposición de Ley Orgánica de garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas” presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) manifiesta su seria preocupación ante esta proposición de ley que introduce una reforma drástica a la figura de la acción popular en el ámbito penal y supone una reducción significativa del alcance de esta institución, alterando su esencia constitucional.

“La acción popular, consagrada en el artículo 125 de la Constitución Española, constituye un instrumento esencial para garantizar la participación de la ciudadanía en la administración de justicia. Durante décadas, esta figura ha sido clave en la defensa de la legalidad y el control democrático del poder, especialmente en contextos donde no se asegura la autonomía plena del Ministerio Fiscal. Tal y como lo establece la Constitución, es imprescindible que existan contrapesos efectivos y que la acusación no recaiga exclusivamente en manos de la Fiscalía”, explica el Decano del ICAM, Eugenio Ribón.

Inquietudes sobre el fondo y las formas

El ICAM señala su preocupación no solo por el contenido de la propuesta, sino también por las formas y el momento en que esta se plantea. La proposición de ley impone restricciones procesales que vacían de contenido la acción popular como herramienta de control ciudadano, representando un retroceso en los derechos fundamentales reconocidos por nuestra Carta Magna. Además, ha sido rechazada unánimemente por las asociaciones judiciales debido a su deficiente calidad técnica y a la falta de un debate previo y amplio con los actores implicados.

Asimismo, la presentación de la reforma como proposición de ley, evitando los informes preceptivos y los análisis detallados que requiere un proyecto de ley, limita la transparencia y la calidad del debate normativo. Esta iniciativa contrasta radicalmente con la Directiva (UE) 2024/1069, conocida como Directiva anti-SLAPP o Directiva Daphne Caruana, que busca proteger a ciudadanos, ONGs y periodistas frente a litigios abusivos. “Mientras la normativa europea refuerza derechos ciudadanos, la iniciativa española parece orientada a restringirlos”, destaca el Decano.

Otra cuestión preocupante es la posibilidad de que esta reforma se aplique retroactivamente, lo que podría interferir en procedimientos judiciales en curso, generando inseguridad jurídica y dando la impresión de responder a intereses coyunturales. Finalmente, la reforma introduce limitaciones desproporcionadas a la capacidad de jueces y magistrados para expresar opiniones, afectando la libertad de expresión y la independencia judicial.

Un llamamiento a la reflexión y al consenso

Desde el ICAM se subraya que cualquier reforma de esta magnitud debe fundamentarse en un debate abierto, plural y riguroso, que garantice la participación ciudadana y los preceptivos informes de los órganos consultivos. Sacrificar las garantías institucionales en favor de intereses particulares o coyunturales es un riesgo inaceptable para la democracia.

Por ello, el ICAM insta al legislador a reconsiderar esta propuesta y al Gobierno a fomentar un debate legislativo serio y transparente, que respete los principios constitucionales de participación y control ciudadano. Solo así se podrá preservar la esencia de la acción popular como un pilar fundamental de la democracia.

ANEXO

Comparativa entre la Proposición de Ley y la Directiva (UE) 2024/1069

El ICAM considera fundamental establecer una comparativa entre la proposición de ley española y la Directiva (UE) 2024/1069 para evidenciar sus diferencias fundamentales:

  1. Objetivo principal:
    • Proposición de Ley: Introducir restricciones a la acción popular en el ámbito penal, limitando la capacidad de los ciudadanos para actuar como contrapeso en el control del poder público.
    • Directiva (UE) 2024/1069: Proteger a ciudadanos, periodistas y organizaciones frente a litigios abusivos (SLAPP), reforzando la participación y el ejercicio de derechos democráticos.
  2. Ámbito de aplicación:
    • Proposición de Ley: Ámbito penal, reduciendo el alcance de la acción popular.
    • Directiva (UE) 2024/1069: Procesos civiles, con un enfoque en proteger a las víctimas de demandas abusivas.
  1. Impacto en derechos fundamentales:
    • Proposición de Ley: Limita la participación ciudadana y reduce los mecanismos de control democrático.
    • Directiva (UE) 2024/1069: Refuerza la protección de derechos fundamentales, como la libertad de expresión y el acceso a la justicia.
  2. Consenso y participación:
    • Proposición de Ley: Ha sido criticada por la falta de debate público y la ausencia de informes preceptivos.
    • Directiva (UE) 2024/1069: Se fundamenta en un amplio consenso europeo y busca implementar medidas equilibradas.
  3. Efectos retroactivos:
    • Proposición de Ley: Contempla aplicación retroactiva, lo que genera inseguridad jurídica.
    • Directiva (UE) 2024/1069: No aplica retroactivamente, respetando la seguridad jurídica.
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