El ICAM analiza el arbitraje como herramienta clave para resolver conflictos societarios

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid celebró ayer, 26 de noviembre, una jornada organizada por la Sección de Derecho Societario, Gobierno Corporativo y Sostenibilidad y la Sección de Arbitraje, en colaboración con la Corte de Arbitraje del ICAM.

El evento, titulado “El arbitraje como procedimiento para la resolución de los conflictos societarios”, tuvo lugar en el Salón de Actos del ICAM y reunió a destacados expertos en la materia.

La sesión fue inaugurada por José Ignacio Monedero, Secretario de la Junta de Gobierno del ICAM y Presidente de la Corte de Arbitraje del ICAM, quien destacó la importancia de conectar las materias arbitrables con la Ley de Sociedades de Capital. Monedero subrayó el papel crucial de la Corte de Arbitraje en la resolución de disputas societarias y agradeció la labor de las Secciones del ICAM en la organización de eventos que fomentan la reflexión jurídica y el intercambio de ideas.

La jornada fue moderada por Coloma Armero y Pedro Claros, quienes presentaron a los ponentes y facilitaron un enriquecedor debate sobre las ventajas e inconvenientes del arbitraje en el ámbito societario. La jornada puso de manifiesto el potencial del arbitraje como herramienta para resolver disputas societarias de forma eficiente, flexible y adaptada a las necesidades específicas de las empresas. Asimismo, se resaltó la importancia de profundizar en el conocimiento de esta vía alternativa y en su desarrollo normativo.

Pilar Perales, catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad Carlos III y árbitro, abordó la arbitrabilidad de los conflictos societarios y afirmó que las normas imperativas del derecho societario no limitan necesariamente el acceso al arbitraje. En su intervención, destacó la relevancia de la sentencia del Tribunal Supremo de 1998 y la Ley de Sociedades de 2003, que han establecido estándares clave en esta materia. También analizó la evolución del arbitraje estatutario, inicialmente circunscrito a los estatutos de sociedades de capital, y su posterior extensión a las asociaciones.

Por su parte, Jesús Almoguera, abogado y árbitro de J. Almoguera Abogados, resaltó las ventajas del arbitraje frente a la jurisdicción ordinaria. Entre sus aportaciones, subrayó la rapidez del procedimiento arbitral, ya que los árbitros tienen la obligación de emitir un laudo en un plazo determinado. Esta celeridad, señaló, es esencial para resolver conflictos de manera ágil y eficaz, especialmente en pequeñas y medianas empresas y empresas familiares.

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