Se publica en el BOE el Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.
Entrada en vigor
- Al día siguiente de su publicación, el 28 de junio de 2024
Novedades
- Adopción de medidas fiscales, de carácter retributivo y relativas a los sistemas de financiación territorial.
- Adopción de medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público.
- Adopción de medidas de apoyo a la inversión y apoyo a la industria.
- Incorporación de medidas en materia energética, con el fin, por un lado, de prorrogar determinadas medidas del sector energético que, de no ser adoptadas, decaerían a 30 de junio de 2024.
- Adopción de medidas en materia de transporte.
- Incorporación de medidas sociales:
- Prorroga de las medidas de acompañamiento precisas para asegurar la protección social, evitando despidos y destrucción de puestos de trabajo en circunstancias extraordinarias, temporales y urgentes, siguiendo la senda del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre:
- Por un lado, las empresas beneficiarias de las ayudas directas no podrán justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos.
- Y, por otro, las que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
Derogaciones:
- El artículo 43 bis de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil relativo a la cuestión prejudicial europea.