La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha publicado una instrucción para que los centros penitenciarios habiliten espacios específicos donde las comunicaciones entre los internos y sus abogados puedan realizarse sin barreras físicas.
Esta Instrucción también contempla que los abogados puedan llevar ordenadores portátiles o tabletas a estos encuentros, siempre que los dispositivos no cuenten con cámaras o capacidades de comunicación externa activas.
Esta nueva normativa, que deroga las disposiciones anteriores que entren en conflicto con las nuevas directrices, especifica que no se autorizarán estas comunicaciones en casos donde exista una intervención judicial de las comunicaciones del interno.
Puedes consultar más información sobre la Instrucción, la forma de solicitud y el control de material informático autorizado en el siguiente enlace:
Procedimiento de solicitud
Los/as letrados/as deberán participar al centro penitenciario, con antelación suficiente, su interés en realizar este tipo de comunicación sin barreras físicas, en la dependencia destinada a tal efecto.
Recibida la solicitud en el centro penitenciario, se indicará la fecha y hora para la celebración de la comunicación al profesional solicitante o, en su caso, la imposibilidad motivada de llevarla a cabo, especificando las razones concretas e individualizadas de la misma.