Derecho Civil

Título: La transparencia material y la Ley de contratos de crédito inmobiliario: la actuación notarial

Autor/es: Segismundo Alvarez Royo-Villanova

Localización: Revista Jurídica del Notariado, ISSN 1132-0044, Nº 112, 2021, págs. 123-168

Resumen: Una de las novedades más importantes de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario es la regulación de la transparencia material, entendida, siguiendo la doctrina del TJUE, como la posibilidad de comprensión real por parte del consumidor de los efectos jurídicos y económicos del contrato. La ley no determina su concepto, pero establece un procedimiento que debe permitir lograrla. Para ello define el contenido de la información que debe ser proporcionada al consumidor con una antelación detallada. Pero, además, utiliza la intervención notarial en este tipo de contratación para asegurar, por una parte, que el prestamista cumple con esas obligaciones. Y por otra parte, para reforzar el asesoramiento notarial a través del examen de la misma en un acta previa a la firma del contrato. Aunque la intervención notarial no garantiza la transparencia, el procedimiento establecido parece adecuado para lograrla en la práctica.

Abstract: One of the most important novelties of the Real Estate Credit Contracts Act is the regulation of substantive transparency, which following the doctrine of the CJEU can be described as the possibility of real understanding by the consumer of the legal and economic effects of the contract. The law does not give a definition of substantive transparency but it establishes a procedure that Will normally guarntee its fulfilment. To this end, it defines the content of the information that must be provided to the consumer in advance. But it also uses the notarial intervention in this type of contract to ensure, on the one hand, that the lender complies with his obligations. And, on the other hand, to reinforce the notary's advice by examining these documents with the client prior to the signing of the contract. Although notarial intervention does not guarantee transparency, the established procedure seems adequate to achieve it in practice.